El
fiscal ha pedido que se
revoque la sentencia que absolvió al artista urbano Invader y el exdirector del Centro de Arte Contemporáneo (CAC) de Málaga Fernando Francés, al considerar que cometieron un
delito continuado de patrimonio histórico al "invadir" Málaga de mosaicos en
edificios históricos en mayo de 2017.
La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga ha acogido este miércoles la
vista del recurso de apelación que interpuso la Fiscalía al no estar conforme con la valoración jurídica de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal 8 de Málaga, que absolvió a los dos acusados al entender que
no había quedado acreditado el delito.
Durante la vista oral, el fiscal delegado de Medio Ambiente de Málaga, Fernando Benítez, ha esgrimido que los hechos ocurrieron tras la "ejecución de
un plan preconcebido" y con continuidad delictiva.
Ha apelado a la doctrina del Tribunal Supremo que refiere sobre este delito que "todo daño sobre bienes de valor histórico o artístico que impliquen una pérdida de valor o suponga una necesidad evaluable económicamente encontrará acogida en la conducta tipificada en dicho artículo independientemente de la cuantía".
Benítez ha advertido de que los mosaicos
se pusieron para ser vistos y que
no eran pequeños y ha recordado el coste que tuvo la retirada y la reparación de las fachadas al estado anterior, lo que supuso, según el fiscal, "
trabajos que exceden con mucho la mera limpieza y que son económicamente evaluables."
Además, se colocaron
sin autorización administrativa ni el permiso de los titulares de los edificios afectados y, "en todos los casos hubo que arrancar o despegar las placas de mosaicos, en algunos casos picar el muro, restaurar mediante colocación de nuevo mortero y enlucido, pintura y limpieza de la fachada afectada", ha agregado el fiscal.
Entre otros motivos esgrimidos por el fiscal para que se revoque la sentencia ha dicho que se ha cometido infracción de ley y ha recordado que los hechos probados en la sentencia apelada corresponden casi en su integridad a los plasmados por la acusación pública en su escrito de conclusiones.
Los
abogados defensores han pedido que
se desestime el recurso de apelación interpuesto por el fiscal y han solicitado que se proceda a la
confirmación íntegra de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga en octubre de 2023.
Una obra de arte no puede perjudicar a otra
Durante el juicio, que quedó visto para sentencia el pasado 13 de julio, el fiscal afirmó en sus conclusiones finales que "una obra de arte no puede perjudicar a otra que tiene un valor reconocido", en referencia a la "invasión" que hizo el artista urbano con quince mosaicos en el centro histórico de Málaga en 2017 en
edificios integrados como Bien de Interés Cultural (BIC).
El ministerio público solicitó que cada uno de ellos fueran condenados al pago de una
multa de 24 meses, a 50 euros por día (36.000 euros), mientras que las defensas pidieron la absolución.
Los procesados siempre negaron haber cometido un delito contra el patrimonio pero en el banquillo de los acusados solo se sentó el exdirector del Centro de Arte Contemporáneo (CAC) -supuesto inductor de la acción, ahora absuelto- porque
al artista se le permitió no asistir para mantener su anonimato, posibilidad que contempla la ley cuando la pena solicitada por la acusación es inferior a los dos años de prisión.
Durante el turno de última palabra, Fernando
Francés mantuvo su inocencia y aseguró que él contactó con el artista para hacer una serie de proyectos en Málaga pero que "jamás" fuera del barrio malagueño del Soho y que en su trayectoria en el mundo cultural siempre le ha preocupado y ha protegido el patrimonio cultural, por lo que reiteró que Invader actuó solo y de forma clandestina.
Mosaicos de valor artístico
El abogado de Fernando Francés, José Carlos Aguilera, ha recordado que la propia sentencia afirmaba que no se trataba de pintadas o grafitis sino de mosaicos también de valor artístico cuya autoría por Invader, artista urbano reconocido a nivel internacional, consta acreditada.
Además ha argumentado que
los mosaicos se instalaron sin afectar a ningún elemento ornamental y en el caso de los dos edificios declarados
BIC se ubicaron en paramentos laterales, no en la fachada principal y sin degradar los valores de dichos bienes.
En el resto de edificios, según Aguilera, sí existía un impacto visual pero no suponía ni la destrucción del edificio, ni total ni parcial ni existía un deslucimiento de los inmuebles que determinaran una pérdida de valor.
Este letrado ha recalcado que además los propios mosaicos "eran una obra de arte" y ha insistido en que no ha quedado acreditado que se concertaran previamente entre ellos y que Fernando Francés conociera las intenciones del artista y los lugares donde iba a instalar los mosaicos.