Málaga

Defensa de El Melillero recurrirá la sentencia de 41 años para rebajar condena a lesiones

Su abogado, Marcos García Montes, impugnará también las cuantías fijadas por daños de 1.415.923 euros para la ex novia y su amiga

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  • A la izquierda, García Montes (archivo). -
  • La defensa del joven que compró el ácido sulfúrico por internet también recurrirá ante el TSJA los 10 años de cárcel impuestos
El abogado defensor de José Arcadio D. N., alias 'El Melillero', ha anunciado este lunes que recurrirá la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga en la que se le condena a una pena de 41 años de prisión (33 de ellos por dos delitos de intento de asesinato), cometidos en enero de 2021 contra la que fuera su pareja sentimental, Sandra G. B. y una amiga, Cristina S. G., que la acompañaba en la localidad de Cártama.  Considera el letrado que las penas impuestas por el tribunal malagueño se exceden en cuanto a la calificación jurídica, ya que entiende la defensa que en todo caso se trataría de sendos delitos de lesiones, y no de asesinato en grado de tentativa.
 
El letrado, Marcos García Montes, que asumió la defensa de José Arcadio D. N. y solicitó la absolución tras negar éste que fuera el autor del ataque, asegura que "existen muchas sentencias del Tribunal Supremo español y de otros países, como la India o Pakistán, donde las condenas por arrojar ácido son por delito de lesiones y no por homicidio. En ningún país se califica este tipo de hechos como homicidios y menos de asesinato, como ha condenado la Audiencia de Málaga". 
 
El defensor de 'El Mellilero' ya expuso en su intervención el pasado mes de noviembre, durante las conclusiones definitivas del juicio ante el tribunal de la Sección Octava, que en caso de no estimar los magistrados la absolución se debía de calificar el lanzamiento del ácido sulfúrico contra la ex novia de José Arcadio y su amiga, no como un intento de matarlas sino de herirlas. 
     
'El Melillero' negó en el juicio que tuviera intención de matar, sino de darle solo un susto rociando el coche de su víctima con agua fuerte. Como también haber encargado el ácido, hechos que la sentencia cuestiona por la declaración de otros testigos y procesados.
 
El recurso ante la sala de apelaciones del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, se apoyará además en cuestionar la indemnización de 1.103.401 euros para Sandra G., su ex pareja, y la fijada para su amiga Cristina S., de 312.522 euros, por los daños y perjuicios generados como consecuencia del lanzamiento sobre sus cuerpos del líquido corrosivo con un 98% de pureza. Ambas sufren secuelas en diferentes partes del cuerpo (en el caso de Cristina con el 45% de superficie corporal quemada), y que han precisado desde enero de 2021 de más de una docena de intervenciones quirúrgicas para tratar de paliar las cicatrices por las quemaduras graves de tercer grado y los daños funcionales que fueron consecuencia del ataque. Al respecto de las indemnizaciones, García Montes sostiene que "las cuantías impuestas son muy superiores a la que se fijan en sentencias similares con resultado de muerte, o de negligencia médica grave".
 
El letrado defensor de 'El Melillero' también anticipó que el recurso en el TSJA se basará en la desestimación que ha hecho la sentencia, respecto a que José Arcadio era el jefe de una organización criminal, que tanto la Guardia Civil como la Fiscalía vincularon con el narcotráfico y delitos contra el patrimonio, "una circunstancia que nosotros hemos negado en todo momento. Si no hay una organización criminal, ni José Arcadio es el supuesto jefe de la misma, cómo se le puede condenar", apostilló García Montes, que agregó que "existe un error jurídico" en la sentencia al "considerar que mi cliente fue el que lo ordenó todo".
 
El fallo de la Audiencia de Málaga, de fecha 21 de diciembre de 2023, se apoya en la investigación llevada a cabo por el Juzgado de Violencia contra la Mujer número 3 de Málaga, por los delitos de acoso y maltrato habitual, amenazas contra la ex pareja y su amiga, dos intentos de homicidio y otro delito de pertenencia a organización criminal. En relación a este último, los tres magistrados de la Sección Octava lo rechazan ya que la organización perseguiría la comisión de varios delitos, pero en el caso de la agresión a las dos jóvenes fue un único hecho en el tiempo con dos víctimas. Concluyen, por ello, que "la afirmación policial contenida en un informe de 14 de febrero de 2022 no deja de ser una conjetura", por lo que aplican la absolución a la totalidad de los seis acusados por este suceso.
 
La sentencia señala también que José Arcadio no podrá cumplir por la totalidad de los hechos que se le condena más de 25 años de cárcel, y su situación de prisión preventiva se mantendrá hasta enero de 2033.
 
COMPRADOR DEL LÍQUIDO CORROSIVO
 
La sentencia será recurrida ante el TSJA también por la defensa de Víctor M. A., el joven a quien 'El Melillero' encargó comprar el ácido sulfúrico por internet. La Audiencia Provincial le impuso 10 años de prisión por ser cómplice en dos delitos de asesinato en grado de tentativa, así como el abono subsidiario de las indemnizaciones impuestas al 'Melillero' y a Juan José G., que le acompañó aquel día.  Su abogada, Inés Barba Novoa, solicitó en el juicio la libre absolución del mismo por considerar que el joven desconocía cuál iba a ser el fin de la sustancia corrosiva, que se lanzó contra las dos jóvenes en una calle del municipio de Cártama el 12 de enero de 2021. Una petición de absolución a la que se sumó también en el juicio la abogada de la acusación popular que ejerció la Asociación Clara Campoamor, que sí acusó al 'Melillero' y a su acompañante, Juan José G., alias 'Poti'. 
 
Según el fallo, José Arcadio mandó pagar 20 euros al joven, sin antecedentes penales hasta entonces y ahora condenado, después de que éste adquiriese el ácido en un comercio de la Comunidad Valenciana facilitando previamente sus datos personales y dirección en Marbella para la entrega del producto.

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