Un jurado popular juzga desde este lunes el crimen de Raquel Barrera

Publicado: 03/07/2016
La mujer, de 42 años, murió a manos de su marido tras asestarle presuntamente dos puñaladas en el pecho la madrugada del 6 de abril de 2014
Un jurado popular juzgará desde este lunes  el crimen de Raquel Barrera, el último caso mortal de violencia machista ocurrido en Jerez en la madrugada del 6 de abril de 2014 cuando esta jerezana de 42 años fue presuntamente apuñalada por su marido, José Antonio C.A. Los dos habían regresado juntos al domicilio conyugal después de pasar el día fuera y cenar con amigos y familiares. La vista comienza mañana en la sección octava de la Audiencia Provincial, en la avenida Álvaro Domecq,  con la selección de los miembros del jurado, un proceso que se iniciará a las 10.00 horas, para que, una vez constituido, arranquen las pruebas testificales con la declaración del imputado.


La previsión del tribunal es terminar las sesiones de las declaraciones de los testigos, entre los que están citados el padre de la víctima, la pareja que cenó con ellos horas antes del suceso, y numerosos policías y forenses, el próximo viernes y dedicar las del 11 al 14 de julio a la deliberación del jurado. El Ministerio Fiscal pide 18 años de prisión para el marido de Raquel, pena que la acusación eleva a los 20 al ser la máxima condena que establece el código penal para un presunto delito de asesinato, y en el que entienden que incurrió el imputado la noche de los hechos.


  Se da la circunstancia de que, aunque solicitarán penas idénticas, la acusación particular será ejercida de forma separada por los padres de Raquel, a través del letrado y familiar Antonio Barrera, y el único hijo en común del matrimonio, de 24 años, cuyos intereses estarán representados por el abogado Manuel Hortas.  Además, la Junta  de Andalucía también se persona en este caso, con lo que sumada a la del Ministerio Público serán cuatro las acusaciones que haya en este juicio. La defensa, de la que se encarga el abogado Alfredo Velloso, pide que su cliente sea castigado por un delito de homicidio y no de asesinato.  Para sostener esta última calificación, las acusaciones aseguran en su escrito que el procesado  apuñaló a Raquel “sorpresivamente” y “por detrás” en la cocina de su casa de la calle Garganta de Buitreras, cerca de la avenida Nazaret. Eran poco más de la dos de la mañana y su esposa había bajado antes que él tras cambiarse en su habitación, y se encontraba supuestamente conectada a una conocida red social.
   Los dos habían salido ese  día con amigos y con otra pareja a cenar y habían alternado incluso con los padres de ella, con los que el acusado mantenía prácticamente una relación “paterno-filial”, señala la acusación particular.  Llevaban casados más de 20 años. Ella nunca había presentado denuncia por malos tratos. 

Le había pedido el divorcio
Desde la acusación particular también apuntan que «la situación económica del matrimonio era de absoluta dependencia del padre de Raquel”. De hecho, el acusado “estaba en desempleo y Raquel trabajaba en una empresa de su familia. La vivienda donde residía el matrimonio es propiedad de la familia de Raquel, y, además, los padres de ella colaboraban de forma importante en sufragar sus gastos ordinarios y los estudios del hijo común”. Asimismo, unos meses antes de producirse los hechos, su esposa había planteado al acusado su intención de poner fin al matrimonio, decisión que José Antonio no aceptaba de buen grado, dado que  el divorcio del matrimonio supondría su “carencia absoluta de ingresos y la pérdida de la forma de vida” a la que estaba acostumbrado, además de la separación de Raquel y el cese de la vida en común”, sostiene el escrito de la acusación.


Debido a la gravedad de las heridas -le asestó  presuntamente dos puñaladas con un cuchillo de cocina en el pecho- la víctima fallecía en el acto. Él confesó los hechos a la Policía, a la que él mismo telefoneó para que acudieran a la casa, pero no quiso declarar en Comisaría y en el juzgado y desde entonces está en  Puerto III. La defensa plantea cuatro eximentes completas de arrepentimiento, enajenación mental, arrebato, y reparación del daño, y que iba bajo los efectos del alcohol. Por contra, desde la acusación particular resaltan que “el acusado no ha pedido perdón a su hijo por haber matado a su madre ni ha mostrado ningún arrepentimiento”, así como que sus facultades no estaban alteradas para impedirle tener el conocimiento y la comprensión de los hechos que ejecutaba y de su gravedad, “por lo que era consciente de sus actos”.

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