La encomienda de gestión del servicio de abastecimiento de agua que tres entidades locales autónomas (ELA) han realizado a la Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz no se ajusta a derecho, según un informe técnico elaborado por la Subdelegación del Gobierno.
El informe advierte de que la operación no es posible por dos cuestiones fundamentales. En primer lugar, se deja claro que ninguna de estas entidades pertenece a dicha mancomunidad ni su ámbito geográfico, por lo que la prestación de cualquier tipo de servicio excede de las competencias de dicho ente.
Además, existe una segunda cuestión que no debe dejarse al margen, y es que la adjudicación de un servicio de estas características precisa de la convocatoria de un concurso público. En este caso, no se ha convocado ningún tipo de concurso, adjudicándose el servicio a dedo.
El informe deja claro que “una de las características definitorias de las mancomunidades de municipios es la especialidad de sus fines”. “Puesto que son creadas para un objeto determinado, no se pueden asumir la totalidad de las competencias asignadas a los respectivos municipios, sino sólo los servicios u obras que son puestos en común para su ejecución a través de esta específica entidad local, y sólo al servicio de los miembros que la integran, sin que pueda prestar servicios o ejecutar obras con carácter general en el mercado”, añade el documento.
En la práctica, eso significa que “se vincula directamente su capacidad y el ámbito de sus potestades a la ejecución de obras o prestación de servicios de su competencia, que son los puestos en común por los miembros que integran la mancomunidad, y no por otros genéricos”, por lo que el informe entiende que “la suscripción de un convenio interadministrativo entre un ayuntamiento y una mancomunidad de la que aquél no forma parte excede de la competencia propia de la mancomunidad y por ello quedaría afectado en su validez jurídica por la incompetencia objetiva y funcional de la mancomunidad”.
Partiendo de la base de que ninguna de las ELA afectadas (Guadalcacín, Estella del Marqués y Torrecera) pertenece ni puede pertenecer a la Mancomunidad de Municipios de la Sierra, “resulta claro” que, en cualquier caso, “la prestación que se pretende formalizar mediante un convenio es, en realidad, un contrato administrativo, hecho que impide, por su propia esencia, que pueda llevarse a cabo mediante la suscripción de un convenio de colaboración, ya que así se vulnerarían los principios de publicidad, igualdad y concurrencia que rigen la contratación administrativa”.
El informe advierte en última instancia que nos encontramos “ante una mancomunidad que emplea un instrumento propio para prestar un servicio a otra administración pública con la que no tiene relación alguna, y por supuesto la entidad instrumental mediante la que se pretende prestar el servicio no puede considerarse en ningún caso medio propio de las ELA, al no tener estas control análogo al que ejerce sobre sus propios servicios, ya que dichas ELA no participan siquiera en una ínfima proporción del capital de dicha empresa ni se encuentran representadas en sus órganos de dirección”. La operación, por tanto, no se ajusta a derecho.
Las ELA retan a que recurran el acuerdo
Las tres ELA afectadas por este informe instaron ayer a las administraciones competentes a recurrir los acuerdos adoptados ante las instancias que estimen oportuno. Al presidente de Torrecera, Manuel Bertolet, le parece “extraño” que el Gobierno local les traslade el informe ahora cuando está fechado “en noviembre”, considerando que se trata de un intento del Ejecutivo de “poner un palo más en la rueda” de las ELA. “Si realmente creen que hay ilegalidades, que recurran los acuerdos, sobre los que ningún organismo nos ha dicho nada, por lo que siguen siendo válidos”, añadió.
“Si quieren hacerlo, hay que hacerlo bien”
El primer teniente de alcalde, Antonio Saldaña, entiende que estamos ante un “asunto técnico” que pone en duda el procedimiento seguido por las ELA. Así, emplazó a dichas entidades a “hacerlo bien” en el supuesto de que decidan seguir adelante con este proceso. “Lo que no pueden es adjudicar el servicio directamente. Tiene que haber un procedimiento y de libre concurrencia, porque Aguas de la Sierra no es un instrumento de ellos, sino un tercero”, explicó. Saldaña advirtió por último que algunos alcaldes pedáneos “están utilizando este asunto como arma electoral para tapar su propia ineficacia”. “Es significativo que otras pedanías se desmarcaran de la cuestión”.
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