Las viviendas en venta o en alquiler deben contar ya con un certificado de eficiencia energética que indique su eficiencia (consumo de energía). Los propietarios que comercialicen sus casas sin esta etiqueta podrán ser sancionados con hasta 6.000 euros, según lo dispuesto en el Real Decreto aprobado a tal efecto por el Gobierno. El Ejecutivo aprobó el 5 de abril el Real Decreto que establecía la obligatoriedad de este certificado y, posteriormente, el PP introdujo vía enmienda en el proyecto de Ley de reforma de la rehabilitación -en trámite parlamentario en el Senado- un listado de sanciones que van desde los 300 a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves.
Se entenderá por leve el no mencionar el certificado en la oferta de la casa o incumplir la normativa de su renovación; será grave cuando no se presente el certificado ante la comunidad autónoma o cuando no se entregue al comprador o al inquilino; y muy grave no contar con el certificado o haber falseado información para obtenerlo. Desde el Grupo Inmobiliario hacen un llamamiento a que se recurran a técnicos colegiados para elaborar los expedientes, por los que se están pidiendo hasta 400 euros. Los propios con los que trabaja este grupo lo hacen desde 100 a 150 euros.
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