Un juzgado de Jerez ha condenado a una compañía aseguradora a indemnizar a una paciente con 5.315,89 euros por quemarle el abdomen durante una operación en un descuido.
Según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso este medio, los hechos se produjeron el 14 de octubre 2022, cuando la demandante y titular de la póliza de seguro de salud concertada con la compañía demandada se sometió a una intervención médica –en el marco de ese seguro- consistente en una reparación de eventración sin injerto.
En el transcurso de la operación la mujer sufrió una herida que fue tratada como quemadura, después de haber firmado un consentimiento informado firmado ese mismo día que no contemplaba la posibilidad de una quemadura por bisturí eléctrico como riesgo descrito. Una lesión que tampoco costaba en el informe de alta. Como consecuencia, además, la paciente sufrió un síndrome ansioso-depresivo.
Este hecho motivó la presentación de una demanda por parte de su representante legal, el abogado José Luis Ortiz, socio director de Bufete Ortiz Abogados, especialista en negligencias médicas.
El fallo considera acreditada la existencia de "negligencia profesional" y de un "daño desproporcionado", así como la entidad de las lesiones sufridas por la demandante.
La sentencia no es firme, contra ella cabe recurso de apelación a resolver a la Audiencia Provincial.
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