Jaén

El alcalde apremia al cierre de la cantera de Fuente de la Peña

Márquez apremia a la Junta a revocar la autorización y la Junta defiende la legalidad y traslada el órdago al Ayuntamiento

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  • Cantera Fuente de la Peña -

El Ayuntamiento de Jaén y la Junta de Andalucía han vuelto a escenificar públicamente su enfrentamiento, tan estéril como evasivo por ambas partes, a cuento de la cantera de la Fuente de la Peña. Y todo después de que el alcalde, Javier Márquez, anunciara que ha remitido una carta a la delegada del Gobierno andaluz en Jaén, Ana Cobo, en la que se pide el cierre de la cantera de la Fuente de la Peña. Márquez apunta en la misiva que “la solución definitiva sería suspender cautelarmente la actividad, revocar la preceptiva autorización y, en su caso, adoptar las medidas pertinentes para el cierre definitivo del recurso”.
En la carta también hace hincapié en que la autorización sea revisada, “ya que la solicitud la basaron en una fundamentación que no se ajusta a la verdad, a sabiendas de los solicitantes” y añade que el contrato de arrendamiento está vencido desde el año 1978, de acuerdo con lo acordado por el Ayuntamiento en su día y ratificado por sentencia del Tribuna Supremo, el 4 de julio de 1983.
Márquez volvió a recordar que el Ayuntamiento “cedió el uso de este espacio natural en 1944 a Icona mediante un consorcio con el objetivo de llevar a cabo su repoblación vegetal, y fue Icona, ahora la Junta de Andalucía la que en 1972 procedió a dar una concesión administrativa de explotación. Una concesión que aún hoy perdura y que debe retirar quien la concedió, que no es otra que la Junta de Andalucía”. De igual modo, informó que ya en los años 1977, 1978 e incluso en 1983, el Ayuntamiento de Jaén realizó diferentes acuerdos plenarios y actos donde, “por unanimidad, se acordó la petición del cierre de esta cantera.
El alcalde recordó que el TSJA en 2001 apuntaba que la cantera “tenía una actividad legal y no tenía por qué estar en contra del planeamiento urbanístico, pero no se entiende que, con la oposición del Ayuntamiento, la Junta de Andalucía continúe cediendo una concesiones de aprovechamientos en contra del consistorio desde los años 80”. Y añadía que antiguamente este monte “no estaba protegido”, por lo que el TSJA expuso que la concesión estaba bien dada puesto que se había realizado con fecha anterior al PGOU de 1996. Por eso, Márquez se sorprende de que, de nuevo, en 2012, pese a que el monte está protegido medioambientalmente, la Junta de Andalucía “vuelva a dar esa concesión sin tener en cuenta el parámetro ambiental de protección urbanística de este monte, en base a un contrato de arrendamiento de 1972 que quedó absolutamente resuelto por el Tribunal Supremo en 1983”.
La Junta de Andalucía replicó horas después en un comunicado asegurando que cumple “estrictamente con la legalidad en el ámbito de sus competencias” con respecto a la cantera  e instando al Ayuntamiento, como propietario de los terrenos, a determinar “las medidas que le correspondan y también como administración competente que otorga las licencias de actividad”.
La Junta recordó que “ya se ha abierto un expediente para determinar la pertinencia de seguir o no con la actividad extractiva en ella”. Y recordó que la primera prórroga de la concesión otorgada por la Dirección General de Minas del Ministerio de Industria en 1981 “fue solicitada por la empresa en tiempo y forma el 5 de diciembre de 2008”. Dicha prórroga fue otorgada por la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta mediante resolución de 25 de junio de 2012, fundamentada en el artículo 81 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, “ajustándose por lo tanto a la legalidad vigente”.

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