Jaén

La Seguridad Social tramitó 3.171 bajas por maternidad y paternidad en Jaén hasta julio

También se dieron 140 excedencias para el cuidado de menores, de las que 121 fueron para mujeres

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai

La Seguridad Social tramitó en Jaén un total de 3.171 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor en los primeros seis meses de 2023, de los cuales 1.499 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 1.672, al segundo progenitor, normalmente el padre. La inversión para sufragar estas ayudas ha superado en la provincia los 18,18 millones de euros entre los meses de enero a junio, lo que supone una cifra ligeramente superior a la contabilizada en el mismo periodo del año anterior.

En toda España, el número de prestaciones en los seis primeros meses del año ascendió a 231.775, 109.731 son del primer progenitor y 122.044, del segundo. El gasto fue de 1.678,5 millones de euros. En el mismo semestre de 2022, esta cifra se situó en 1.596,5 millones, lo que supone un incremento del 5,1%, según ha recogido la Subdelegación del Gobierno en Jaén en un comunicado.

La prestación por nacimiento y cuidado de menor, que sustituyó a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad, entró en vigor el 1 de enero de 2021 y ha supuesto la equiparación completa de ambas. En la actualidad, el permiso es de 16 semanas para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible. De las 16 semanas, seis de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos.

La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.

Por comunidades autónomas, el mayor número de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor se ha reconocido en Andalucía (43.262), Cataluña (41.297), Madrid (39.965) y la Comunidad Valenciana (23.909).

La duración media de las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor activas en los primeros seis meses de 2023 ha sido de 107,2 días en el caso de las mujeres, y de 99,2 días en el caso de los hombres. Para hacer este cálculo, se han considerado los periodos interrumpidos y se ha eliminado la duplicidad de expedientes por pluriempleo. En el caso de la provincia de Jaén, la duración media de la prestación ha sido de 110,14 días.

Excedencias

Por otro lado, el número de excedencias dadas de alta en el primer semestre del año en Jaén ascendió a 140, de las que 121 estuvieron destinadas a las mujeres (86,42%) y 19 a los hombres. En el marco nacional, el número de excedencias fue de 24.942, de las que 21.089 correspondieron a mujeres, el 84,5%, y 3.853 a hombres, lo que equivale al 15,4%.

El número de excedencias ha aumentado un 59,09 por ciento en la provincia respecto al mismo periodo del ejercicio 2022, incremento que en Andalucía ha sido superior, hasta el 50,88%. No obstante, la cifra se sitúa en niveles similares a los de los años previos a la pandemia.

Madrid (5.101), Cataluña (3.717), Andalucía (2.844), Comunidad Valenciana (2.685), y País Vasco (2.121) son las comunidades autónomas con más excedencias tramitadas. En todas las comunidades autónomas se han registrado más excedencias que el año pasado.
Las principales subidas en el primer semestre han sido en Cantabria (72,8%), Galicia (68,6%) y Canarias (61,2%).

Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar excedencia para atender a hijos o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN