Casto Pino evita el juicio y llega a un acuerdo por el desfalco del Colegio de Ingenieros

Publicado: 01/02/2021
El que fuera concejal de Urbanismo de Aljaraque con el PP acepta una condena de 14 meses de prisión mientras que su mujer, también imputada, es condenada a tres
El exgerente del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Huelva y exconcejal de Urbanismo del PP en Aljaraque, Casto Pino, y su secretaria y esposa van a ser condenados a 14 y 3 meses de prisión, respectivamente, por un presunto desfalco de 1,1 millones de euros en la entidad.

Así se recoge en el acuerdo de conformidad alcanzado entre la Fiscalía, la defensa y la acusación previo a la celebración del juicio, previsto para este lunes en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva, al que ha tenido acceso Efe, por el que ha quedado rebajada a esos meses la pena de prisión de 8 años que inicialmente solicitaba el ministerio público.

En dicho escrito, cuyos términos se recogerán en la sentencia, se precisa que el presente procedimiento ha sufrido numerosas paralizaciones no imputables a los acusados, tanto durante la fase de instrucción de la causa como durante la fase intermedia, lo que ha dado lugar que se dilate la tramitación durante casi ocho años; y la atenuante analógica de reconocimiento tardío

Consideran las partes que los hechos relatados son constitutivos de un delito continuado de apropiación indebida, del que son coautores los dos acusados y por el que les impone ocho meses de cárcel a él y tres a ella así como una multa de 5 meses con cuota de seis euros; y un delito continuado de falsedad de documentos mercantiles, del que es autor Pino, por el que suma seis meses de prisión más y multa de 6 meses con cuota diaria de 6 euros.

En concepto de responsabilidad civil indemnizarán, conjunta y solidariamente, junto con de la Sociedad Valcaballos, S.L, al Colegio de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Huelva en la cantidad de 1.094.338,45 euros.

El Fiscal para el abono de las responsabilidades civiles interesa se proceda al embargo definitivo de cuantos bienes, derechos y participaciones de los acusados y de la Sociedad Valcaballos, S.L, obren provisionalmente embargados en la presente causa.

Se considera probado que el acusado aprovechándose de su cargo, de la confianza del Colegio y de las sucesivas Juntas de Gobierno, con intención de obtener un ilícito enriquecimiento, de forma continuada desde al menos el año 1991 y hasta 2013, se apropió de importantes cantidades de dinero de la entidad, tanto mediante la retirada de cantidades de dinero en efectivo de la caja o por transferencias a su favor, como mediante el abono de gastos personales, propios o de las personas de su entorno próximo, o trabajos realizados por cuenta y en beneficio propio exclusivamente o correspondientes a empresas o negocios de su propiedad, sin vinculación alguna con el Colegio.

En dicha actividad ha participado en todo momento la acusada, su esposa, quien trabajaba en el Colegio como su secretaria, siendo la única persona de confianza del mismo.

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