Huelva

Anulado el presupuesto de Punta Umbría de 2017 por vulnerar la LOUA

El Ayuntamiento de la localidad anuncia que interpondrá un recurso de apelación contra la sentencia

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  • Ayuntamiento de Punta Umbría. -

El Juzgado de lo Contencioso administrativo número 1 de Huelva ha anulado el presupuesto del Ayuntamiento de Punta Umbría (Huelva) correspondiente al año 2017 por vulnerar la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima el recurso interpuesto por Unidos por Punta Umbría (UPU) contra la aprobación de dicho presupuesto, aprobado por acuerdo de pleno de 16 de agosto del 2017, con los votos a favor de PP y PSOE, en el que sostenía que este "contempla gastar ilegalmente el dinero de la venta de suelos integrantes del patrimonio municipal del suelo".

Concretamente, el presupuesto incluía inversiones que tienen como fuente de financiación ingresos por un total de 2.405.771,43 euros, a obtener con la venta de las parcelas comerciales y de una situada en la ciudad de Huelva.

Frente a lo que sostiene el Ayuntamiento, el juez, atendiendo a lo alegado por el denunciante, considera que estas parcelas sí que pertenecen al Patrimonio Publico del Suelo (PMS) y que los ingresos por su venta previstos en los presupuestos del 2017 "no se destinan a los usos previstos en la propia LOUA".

En el presente caso, precisa el juez, el destino de los ingresos obtenidos con la enajenación, manifestado en que no se destinaran a gastos corrientes "no cumple con la especifica determinación legal, pues -según la ley- deben tener un fin determinado que en el presente caso carece".

Concretamente, se indica, que el Ayuntamiento "incumple el artículo 75.2 de la LOUA" ya que la mayoría de las inversiones que se pretenden financiar con los ingresos por la venta de suelo municipal, "no se integran en las actuaciones reguladas en dicho precepto". 

Tras conocer la sentencia, el Ayuntamiento de Punta Umbría ha anunciado que interpondrá un recurso de apelación contra ella.

En el apartado de ingresos por la venta de parcelas, el Juzgado estima que estos terrenos son parte del Patrimonio Municipal del Suelo, algo que informes, tanto de la Secretaría como la Intervención del Ayuntamiento, niegan.

Por otra parte, las parcelas a las que hace referencia la sentencia no fueron enajenadas durante el ejercicio 2017, por lo que no se obtuvieron ningún tipo de ingresos por ella.

Según ha manifestado la concejal delegada de Urbanismo del Ayuntamiento de Punta Umbría, Bárbara Carrasco, “estamos ante una nueva estratagema de Hernández Cansino para paralizar el desarrollo de Punta Umbría”. A lo que ha añadido que “lo que ahora denuncia fue su práctica habitual cuando fue alcalde de Punta Umbría”.

Para Bárbara Carrasco “es completamente despreciable que el único interés de Cansino sea perjudicar intencionadamente a su pueblo”. Y ha señalado que “lo que realmente le duele es que salga adelante el proyecto de Ciudad de Huelva y que se arreglen vías como la calle Ibis, Charrán, calle Pato o el resto de actuaciones que estamos haciendo en el municipio”.

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