Huelva

El número de despedidos por EREs extintivos se triplica desde la entrada en vigor de la reforma laboral

Huelva registra 133 expedientes de regulación de empleo desde febrero que han afectado a 985 trabajadores

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Un total de 202 trabajadores han sido despedidos en la provincia tras aplicárseles expedientes de regulación de empleo (EREs) extintivos desde que entró en vigor la nueva reforma laboral el pasado 12 de febrero, lo que multiplica por tres el número de afectados con respecto al mismo periodo de 2011, cuando los dos únicos que hubo implicaron a 64 empleados.

El delegado territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Eduardo Muñoz, ha valorado que este aumento de los despidos a través de los EREs es consecuencia directa de los recortes que el Gobierno central está aplicando y, sobre todo, de la facilidad con que la reforma laboral impuesta por el PP permite eliminar derechos a los trabajadores, al abrir la puerta a que estas medidas se ejecuten por decisión unilateral del empresario, independientemente de que se llegue a acuerdo o no con los representantes de los empleados en el periodo de consultas previo y haciendo innecesarias las autorizaciones administrativas.

En consecuencia, el delegado territorial ha hecho un llamamiento a los empresarios para que busquen el consenso con sus trabajadores antes de adoptar estas medidas, especialmente traumáticas en el caso de los que tienen carácter extintivo, y ha recordado que existen alternativas que no pasan por exigir mayor sacrificio al empleo, tal y como demuestra el aumento salarial recientemente acordado en el sector del comercio único.

Desde febrero se ha tramitado un total de 133 EREs que afectan a 985 trabajadores, lo que supone un aumento del 242% respecto a los 407 empleados que fueron incluidos en el mismo periodo del año pasado en 61 expedientes cursados. De los 133 actuales, 52 han supuesto la suspensión temporal de la relación laboral, 58 han conllevado una reducción de jornada, 12 combinan suspensión y reducción, en tanto que 11 han tenido carácter extintivo –el pasado año 45 fueron de suspensión, 12 de reducción, dos de suspensión y reducción y dos de extinción-.

Según ha argumentado Eduardo Muñoz, aunque se mantienen las mismas causas alegadas para solicitar un ERE -esto es, fuerza mayor, técnicas, organizativas, de producción y económicas-, los requisitos para que concurra esta última se han suavizado considerablemente con la nueva normativa, sobre todo en el despido colectivo. Así, antes de la reforma laboral, la empresa debía acreditar una disminución persistente de su nivel de ingresos a través de las cuentas anuales de los dos últimos ejercicios económicos completos así como las cuentas provisionales del vigente, en tanto que en la actualidad basta con contemplar una disminución persistente del nivel de ingresos o ventas en tres trimestres consecutivos.

Finalmente, ha recordado que, con la normativa actual, sólo las empresas pueden presentar esta medida, cuando antes podían hacerlo, en casos concretos, los trabajadores a través de sus representantes, con lo que el Gobierno de Mariano Rajoy les ha privado de un derecho laboral más.

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