El TSJA anula al transporte escolar onubense la multa por competencia desleal

Publicado: 22/12/2023
El Alto Tribunal estima el recurso de las empresas afectadas, que fueron multadas por Competencia
El premio Gordo de la Lotería de la Navidad le ha caído este año por adelantado al transporte escolar de Huelva en forma de sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), donde estima su recurso presentado contra la resolución sancionadora de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía (Junta de Andalucía), que multaba con más de un millón de euros a 17 empresas unidas en una Unión Temporal de Empresal (UTE) bajo la que concurrieron a dos licitaciones del servicio del transporte escolar en la provincia en 2013 y 2016.

El caso se remonta a mediados de 2019, cuando Competencia incoó expediente sancionador a 17 empresas del sector del transporte en Huelva por repartirse las licitaciones públicas promovidas por la Agencia Pública de Educación (APAE) de la Consejería de Educación y Deporte.

Según la APAE, impulsora de la denuncia ante Competencia, existían indicios racionales de la realización de conductas anticompetitivas consistentes en acuerdos celebrados entre dichas empresas para el reparto de licitaciones públicas de transporte escolar en la provincia.

Así, la APAE argumentaba que se había formado una concentración empresarial en contra del libre mercado y, por ello, se lesionaba la libre competencia.

El expediente incoado finalizó con una resolución sancionadora, en marzo de 2021, contra las 17 empresas, aplicándose distintas sanciones que en total suman más de 1,1 millones de euros.

La mayoría de ellos, a fecha de hoy, han pagado las sanciones a las que resultaron condenadas. No obstante, decidieron presentar un recurso (todas salvo una de ellas, que lo presentó por separado) ante el TSJA contra la resolución de Competencia y hace escasamente unos días han recibido la sentencia estimatoria, que aún no es firme.

Los abogados defensores del asunto, José Carlos Gutiérrez Egea y María García Pedrero, consiguieron demostrar ante el TSJA que la unión de empresas no supuso, en absoluto, una práctica colusoria de la competencia ya que, entre otras razones, eran éstas las empresas que tradicionalmente vienen ejecutando el transporte escolar porque las demás que podrían participar en las licitaciones de transporte escolar, no tenían interés en ello.

De hecho, “en las licitaciones ocurría con asiduidad que resultaba adjudicataria la UTE Escolar Huelva porque las empresas que eran elegidas renunciaban al lote en favor de la UTE”.

“Así como no se lesionó la competencia, ni tampoco los precios del servicio de transporte escolar que iban a ejecutar, ya que la realidad fue que gracias a esa unión fue posible ofertar precios más competitivos en beneficio de la ciudadanía”, han indicado los letrados a Viva Huelva.

De hecho, el TSJA en su sentencia afea el comportamiento de la APAE, pues por un lado denuncia pero “ha seguido contratando, en su supuesto perjuicio y el de los usuarios, a la UTE a la que acusa de ilegalidad manifiesta por su propia existencia”.

El abogado José Carlos Gutiérrez Egea, ya consiguió la conocida Sentencia del Tribunal Constitucional de 2021 que produjo la nulidad de varios artículos de la Ley reguladora de las haciendas locales, conocida como sentencia de la plusvalía municipal.

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