Huelva

El TSJA anula el macroproyecto de Punta Umbría por vulnerar Ley de Costas

El Ayuntamiento critica "la incongruencia del Ministerio" al oponerse al proyecto y Riaumbría anuncia que recurrirá al Tribunal Supremo

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  • Obras de urbanización en el solar del macroproyecto de Punta Umbría. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado la razón al Ministerio de Transición Ecológica y ha anulado el acuerdo del Ayuntamiento de Punta Umbría (Huelva) por el que se aprobaba el macroproyecto urbanístico que contempla la construcción de dos torres 19 plantas al entender que "vulnera la Ley de Costas".

Fue en octubre de 2019 cuando el Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) presentó un recurso contencioso-administrativo ante el alto tribunal andaluz contra dicho acuerdo, después del requerimiento previo realizado al Consistorio para que anulara el proyecto al estimar que "vulneraba las disposiciones establecidas en la Ley de Costas".

En el requerimiento recordaba el MITECO el informe de la Dirección General de las Costas y el Mar, preceptivo y vinculante, con carácter desfavorable al proyecto porque "las edificaciones de 19 plantas de altura en un entorno de vivienda unifamiliar familiar aislada y bloques de 4 plantas (PB+3) no cumplen los requisitos que la jurisprudencia ha establecido en base a concretar la definición de pantalla arquitectónica".

Además, se precisaba que si bien la zona en la que se pretende llevar a cabo la construcción está fuera del dominio público marítimo-terrestre, sí que es zona de influencia y en ella se debe de respetar lo regulado en la Ley de Costas.

Hoy, desde el Ayuntamiento de Punta Umbría, se ha informado de la de la sentencia del TSJA de 12 de enero, notificada la semana pasada a las partes, que estima el recurso del MITECO y le da la razón en lo del apantallamiento, anulando el acuerdo plenario que aprobó un proyecto que considera contrario a la Ley de Costas.

Considera el TSJA que los dos edificios de 19 plantas proyectados por Riaumbría, la empresa promotora, suponen una pantalla arquitectónica, por lo que obliga a reducir la altura de las edificaciones repartiendo los usos en cuatro bloques.

El concejal delegado de Economía y Hacienda, Daniel Ferrera, ha señalado "la incongruencia del Ministerio porque denuncia en Punta Umbría dos edificios de 19 plantas a 500 metros de la playa y permite la construcción en otras provincias de torres de más de 20 plantas en primera línea de playa".

Según el edil puntaumbrieño "aunque pensamos que el proyecto de construcción de dos edificios es mucho mejor, la sentencia provoca que nos centremos en la ordenación inicial preveía la construcción de cuatro edificios y que cuenta con todas las autorizaciones pertinentes".

Por su parte, Riaumbría ha anunciado hoy que recurrirá al Tribunal Supremo la sentencia del TSJA y defenderá ante el alto tribunal la legalidad del mismo y su modelo de actuación que propone al liberar más espacios libres y favorecer usos a favor del ciudadano, en contraposición con el modelo que defiende el TSJA que opta por un proyecto de cuatro edificios.

Riaumbría considera que esta elección del TSJA "perjudica claramente los usos previstos en el proyecto, ya que duplica la superficie destinada a los edificios, se reducen a la mitad los espacios libres y las zonas de esparcimiento y ocio y apuesta por una actuación menos sostenible que el proyecto urbanístico aprobado".

Considera además la empresa que su decisión de acudir al Tribunal Supremo está respaldada por una amplia jurisprudencia que autoriza este tipo de proyectos urbanísticos en altura para liberar espacios libres frente al uso extensivo de los suelos y los proyectos similares que se están ejecutando, alguno de ellos incluso en primera línea de playa o frente fluvial, en Málaga, Cádiz o Sevilla.

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