La Fiscalía ha solicitado al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria la revocación del tercer grado penitenciario concedido a Juana Rivas por entender que "no asume el carácter delictivo de los hechos por los que cumple condena" y por tanto "no puede hablarse de una evolución favorable al régimen de semilibertad" que esta medida supone, además de que "no ha sido objeto de tratamiento alguno" pues su ingreso se limitó "a un simple fin de semana" en el CIS Matilde Cantos de Granada.
En su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal solicita concretamente al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 5 de Andalucía, con sede en Granada, que sea revocado el tercer grado y se acuerde clasificar a Juana Rivas en segundo grado penitenciario. Su defensa, ejercida por el letrado Carlos Aránguez, señaló el jueves a los medios que en términos sencillos", lo que se pide es que Juana Rivas "ingrese en prisión".
El fiscal toma esta postura por entender que "no es ajustada a derecho" la resolución por la que se le concedió el tercer grado y que le permitió abandonar el pasado 15 de junio, cuatro días después de su ingreso, el Centro de Inserción Social (CIS) 'Matilde Cantos' de Granada para cumplir en su domicilio con control telemático la condena de dos años y seis meses de prisión impuesta por el Tribunal Supremo por la sustracción de sus dos hijos menores.
Argumenta el fiscal que, de acuerdo al reglamento penitenciario, la clasificación en tercer grado de penados que no han cumplido la cuarte parte de la condena, como sucede en este caso, tiene carácter excepcional y especial, y no se dan las circunstancias que recoge la normativa para que Juana Rivas pueda beneficiarse de este "régimen de semilibertad".
Así, aunque Rivas "manifiesta a la psicóloga que asume su responsabilidad y al educador --ambos del CIS-- que reconoce los hechos (sentenciados) y que se arrepiente, en ningún momento reconoce o admite haber cometido un delito, ni manifiesta conciencia alguna del daño causado a las víctimas, que en este caso, no solo son sus propios hijos, sino también el padre (...). No mostrando empatía alguna con una de las víctimas, concretamente --agrega el fiscal-- con el padre de los niños, en relación al cual mantiene aún una grave e importante relación conflictiva sin resolver a pesar de toda la trayectoria que ya lleva condenada en este tema".
Esto lleva a la Fiscalía a pensar que el pago de la indemnización a su expareja --fijada en 12.000 euros-- "pudo ser un instrumento más de la penada, utilitarista o funcional, del que se ha aprovechado no para resarcir en conciencia a las víctimas sino para cumplir los requisitos necesarios con el fin de poder ingresar en el CIS, que es un centro penitenciario abierto, y así evitar el ingreso en el Centro Penitenciario de Albolote (Granada), el cual es un centro cerrado y en el que su clasificación en tercer grado, si es que procedía, hubiera tardado más en conseguir por la valoración y tratamiento más específico y profundo que se hace en este último", argumenta en su escrito.
El Ministerio Fiscal observa en todo caso "falta de arrepentimiento en Juana Rivas y agrega que no ha superado, además, ningún programa específico de tratamiento para abordar los déficit que se desprenden de los informes de los expertos de la Junta del CIS pues "no ha existido tiempo para ello", dado que ingresó en el CIS el 11 de junio --viernes-- y el 14 de junio --lunes-- "ya se le había concedido desde Madrid", la clasificación en tercer grado en la modalidad telemática y quedó en libertad.
Advierte en este sentido que "el internamiento efectivo es el único modo de concienciar al delincuente de que no puede abusar de la situación de poder que ostentaba convirtiendo su propia voluntad en ley, internamiento y concienciación --agrega-- que aquí brilla por su ausencia".