Andalucía

La Junta abre el plazo que empresas afectadas por ERTE pidan nuevas ayudas

Más de 43.200 empresas andaluzas afectadas por los ERTE podrán pedir las nuevas ayudas

Publicidad AiPublicidad Ai
  • Desempleo. -

El Servicio Andaluz de Empleo (SAE) ha abierto este martes el plazo para que las empresas afectadas por un ERTE durante la pandemia de la covid-19 soliciten las nuevas ayudas al mantenimiento del empleo, independientemente de la actividad económica a la que se dediquen.

Más de 43.200 empresas andaluzas afectadas por los ERTE podrán pedir las nuevas ayudas al mantenimiento del empleo en esta segunda convocatoria, dotada con 165 millones de euros.

Esta nueva convocatoria sucede a una anterior aprobada en el mes de abril, de la que se ha ejecutado un presupuesto de 100 millones de euros y ha beneficiado a más de 26.800 empresas, el 97 % de las solicitudes recibidas, según ha informado la Consejería de Empleo.

La convocatoria, publicada en el BOJA, flexibiliza los requisitos para las entidades solicitantes con el fin de facilitar la participación del mayor número de empresas y trabajadores autónomos y garantizar el sostenimiento del empleo vinculado a las mismas.

Con ello se da respuesta a las peticiones recibidas de empresas cuyas actividades económicas no estaban encuadradas en la relación de más de 200 CNAE que recogía el primer decreto ley y la anterior convocatoria.

Estas novedades se recogen en Decreto Ley 17/2021, de 7 de septiembre, por el que se modifica el decreto en el que se regulaban las ayudas al mantenimiento del empleo asalariado en empresas afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo tras la declaración del estado de alarma, y que fue convalidado por el Parlamento de Andalucía.

La principal modificación es la supresión de la relación de actividades económicas subvencionables en las que debía encuadrarse la entidad para optar a la ayuda, lo que va a permitir que la actual convocatoria esté abierta a todas las empresas independientemente de la actividad económica en la que se engloba.

Además de dicha modificación, el decreto ley también reduce de tres a un año de referencia para la comprobación del requisito que se refiere al número de personas trabajadoras en alta en la Seguridad Social (dato necesario para calcular el incentivo).

Pueden acogerse al incentivo las empresas con una plantilla media de hasta 20 trabajadores en el último año, con uno o varios centros de trabajo ubicados en Andalucía, y que desde el 14 de marzo de 2020 se hayan acogido a un ERTE de Fuerza Mayor o causas ETOP (Expedientes de Regulación de Empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción), en ambos casos relacionadas con la pandemia.

Como empresas, se incluye a toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica, incluidas autónomos y entidades sin ánimo de lucro.

Estas empresas han de tener, al menos, una persona trabajadora en alta por cuenta ajena independientemente del porcentaje de jornada.

La subvención supondrá una cuantía de 505 euros al mes por empleo subvencionado durante un máximo de cuatro meses, siendo el tope máximo de la ayuda 30.300 euros.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN