Una sentencia del Tribunal Supremo exime al Ayuntamiento de Estepona de abonar más de 12 millones de euros en complementos a 720 empleados que procedían de las sociedades municipales, disueltas al inicio del mandato del popular José María García Urbano. La sentencia determina que los complementos incluidos en el convenio colectivo de estos trabajadores, que fueron subrogados al Consistorio, no pueden homologarse a los recogidos en del personal laboral del Ayuntamiento. Así, la administración se libra de pagar, con carácter retroactivo, los más de 3 millones de euros anuales que reclamaban del período entre 2008 y 2011.
La edil de Personal, Pilar Fernández-Fígares, ha mostrado su satisfacción porque la sentencia del Tribunal Supremo fija un criterio único sobre esta cuestión sobre la que existían sentencias contradictorias falladas por distintos tribunales, debido a que los trabajadores que solicitaban la homologación habían presentado hasta 220 procedimientos que estaban siendo tramitados en diferentes salas. "La sentencia del Tribunal Supremo es clara al respecto y apunta que no procede el reconocimiento al abono de los complementos reclamados que no se recogen en el convenio colectivo de las empresas municipales, a pesar de que cuando éstos se suscribieron estaba vigente el del Ayuntamiento de Estepona que si que los regulaba", ha explicado. .
Para el equipo de gobierno supone "un alivio" saber que no tendrá que asumir el pago de esos complementos. "Se trataría de una indemnización tan elevada que supondría un desajuste económico muy serio que podrían afectar negativamente a otros capítulos del presupuesto como el de las inversiones", ha puntualizado Fernández-Fígares. La sentencia del Tribunal Supremo invalida el resto de procedimientos judiciales que seguían tramitándose por la misma causa, lo que contribuirá a seguir reduciendo el número de pleitos en el que se encuentra inmerso el Ayuntamiento, que ya se ha reducido un 40% en el último año y medio.
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