Exteriores ultima una Ley de Inmunidades para proteger a los países extranjeros y sus bienes en España

Publicado: 01/02/2015
Se trata de la última iniciativa del paquete legislativo que se propuso sacar adelante el ministro García-Margallo
El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación ultima la redacción de una propuesta de anteproyecto de ley sobre las inmunidades de los Estados extranjeros y sus bienes ante los tribunales españoles, han informado a Europa Press fuentes diplomáticas.

   Con esta iniciativa, el departamento que dirige José Manuel García-Margallo cierra el paquete de normas que el jefe de la diplomacia se propuso sacar adelante nada más llegar al cargo. Ya están en vigor una Ley del Servicio Exterior y de la Acción Exterior del Estado, una Ley de Tratados y un nuevo reglamento de la Carrera Diplomática.

   Exteriores es por naturaleza un Ministerio de escasa iniciativa legislativa. Sin embargo, en esta legislatura ha registrado una intensa actividad en la materia, con proyectos de ley largamente ansiados por todos los Gobiernos, como el del Servicio Exterior, que han podido ser aprobados gracias a la mayoría absoluta del PP.

   La última iniciativa legislativa del ministro García-Margallo deberá ser aprobada por el Consejo de Ministros en el entorno de la primera semana de marzo, como tarde, para que dé tiempo a desarrollar todo el trámite parlamentario.

   La Ley de Inmunidades pretende trasladar a la legislación española el contenido de la Convención de la ONU sobre las inmunidades
jurisdiccionales de los Estados y de sus bienes de 2004, a la que España se adhirió en 2011 pero que todavía no ha entrado en vigor, ni se espera que lo haga a corto plazo.

   Pero el equipo del ministro tampoco quiere limitarse a trasladar a la legislación nacional la convención sin más, sino que aspira a hacer una ley más completa, que precise también qué inmunidades corresponden a las organizaciones internacionales con sede en España, precisan las fuentes.

EVITAR CONFLICTOS

   La ley busca evitar conflictos que, aunque no son habituales, en ocasiones surgen por acciones que jueces de primera instancia adoptan frente a Estados u organismos extranjeros y que suponen una violación por parte de España del derecho internacional.

   Uno de esos casos afectó a la Organización Internacional del Trabajo. Un trabajador al que despidió recurrió a la justicia ordinaria en Madrid y logró que una juez dictaminara que su despido había sido improcedente. Para garantizar que el empleado cobraba la indemnización correspondiente, embargó unas cuentas de la organización, algo que prohíbe la citada convención de 2004.

   Si la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 establece qué tipo de inmunidades tienen los agentes diplomáticos o personas que trabajan para el Estado con pasaporte de servicio, la de 2004 protege al Estado en sí y a sus bienes ante los tribunales de otro Estado en determinados supuestos.

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