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España

El abogado de la AVT espera que la nueva ley española impida la excarcelación de más etarras

Esta ley entró en vigor el día 3 de diciembre y los autos de la Audiencia Nacional que han permitido excarcelar a Santiago Arrospide Sarasola, \'Santi Potros\' y a Alberto Plazaola Anduaga se dictaron el día 2. \"Entiendo que ese será un argumento\", ha concedido el abogado

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  • Pedraza. -

El abogado de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) Antonio Guerrero espera que no sean excarcelados más etarras porque se les descuenten las penas cumplidas en Francia, ya que el 3 de diciembre entró en vigor la ley española que impone condiciones a la Decisión Marco de la UE que obliga a descontar del máximo de 30 años de prisión el tiempo cumplido en otros países de la UE.

   En declaraciones a la Cadena Cope recogidas por Europa Press, Guerrero ha subrayado que la ley española que traspone la Decisión Marco europea establece que ésta no se aplicará a las condenas dictadas antes del 15 de agosto de 2010.

   Esta ley entró en vigor el día 3 de diciembre y los autos de la Audiencia Nacional que han permitido excarcelar a Santiago Arrospide Sarasola, 'Santi Potros' y a Alberto Plazaola Anduaga se dictaron el día 2. "Entiendo que ese será un argumento", ha concedido el abogado.

   No obstante, Guerrero cree que este requisito incluido en la ley de trasposición sí debería impedir la excarcelación de otros terroristas que han pedido acogerse a la misma norma, aunque asume que éstos intentarán acogerse al "subterfugio" de que sus solicitudes son anteriores a la entrada en vigor de la ley.

   Así, teniendo además que las secciones primera y segunda de la Audiencia Nacional discrepan sobre si deben descontarse o no las penas, será el Tribunal Supremo el que unifique criterios.

   En todo caso, Guerrero opina que las penas que estos etarras cumplieron en Francia no deberían descontarse de las condenas que se les impusieron en España, porque fueron condenas por el delito de asociación de malhechores, un cargo por el que no fueron juzgados en España --pertenencia a organización terrorista, en la legislación española-- al ser un delito "permanente", y además son penas "cumplidas y extinguidas".

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