La querella fue inicialmente inadmitida por el Juzgado de Instrucción número 7 de Madrid, si bien posteriormente el mismo juez acordó iniciar procedimiento contra la baronesa Thyssen tras estimar en parte el recurso de reforma presentado por su hijo.
El auto deja sin efecto dicho pronunciamiento al establecer que están exentos de responsabilidad criminal -sujetos únicamente a responsabilidad civil- los ascendientes por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí siempre que no concurra violencia e intimidación, como es el caso.
Este precepto es de indudable aplicación a Tita Cervera, según el auto de la Audiencia, contra el que no cabe recurso, por lo que no puede exigírsele responsabilidad penal alguna derivada de los hechos relatados en la querella presentada por Borja Thyssen.
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