La Fiscalía considera que los gritos machistas proferidos en octubre de 2022 por residentes del Colegio Mayor Elías Ahuja de Madrid son "un ataque a la dignidad" de las mujeres, si bien no pueden considerarse delito de odio ni ser sancionados con la ley del sólo sí es sí porque esta norma entró en vigor cinco días después.
Con estos argumentos, la Fiscalía de Madrid ha archivado la investigación que abrió por los insultos que un grupo de residentes de este colegio mayor -que fueron expulsados tras hacerse viral el vídeo en redes- lanzaron el 2 de octubre del año pasado contra alumnas de otro centro cercano, el colegio mayor Santa Mónica.
El vídeo mostraba cómo uno de los residentes se asomaba a una de las ventanas del colegio mayor y desde allí, a gritos, insultaba a las estudiantes: "Putas, salid de vuestras madrigueras como conejas, sois unas putas ninfómanas, os prometo que vais a follar todas en la capea, ¡vamos Ahuja!".
Después se levantaron al unísono las persianas de todas las habitaciones de las siete plantas de una las fachadas del colegio y los estudiantes asomados comenzaron a proferir cánticos.
A la investigación que abrió la Universidad Complutense y a las múltiples muestras de rechazo desde varios sectores de la sociedad se sumó la Fiscalía, que incoó diligencias de investigación para determinar si existía un delito de odio tras la presentación de una denuncia presentada por Movimiento contra la Intolerancia.
Tras meses de investigación, finalmente ha concluido que, aunque esas expresiones fueron "irrespetuosas e insultantes par las mujeres" y atacaron su dignidad, no encajan en ese tipo penal, ni tampoco en un delito contra la integridad mora porque "no consta que ninguna de las mujeres que se encontraban en la residencia haya denunciado los hechos".
Tampoco pueden ser castigadas con el nuevo artículo 173.4 del Código Penal que introdujo la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley del sólo sí es sí, porque esta norma entró en vigor cinco días después de los hechos, dice la Fiscalía.
La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, ya anunció días después al escándalo que estos hechos serían considerados delito con esta ley si ésta hubiese estado en vigor.
Estos comportamientos están castigados en el artículo 173.4 del Código Penal, introducido por esta norma, que, según la Fiscalía, castiga "a quienes se dirijan a otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen en la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad".
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