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España

El Consejo de Estado exige a la Guardia Civil rigor tras avalar una indemnización por violencia de género

Toma la decisión tras la denuncia de los hijos de una mujer asesinada en 2016 por su pareja después de no ser atendida por los agentes

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  • Dos agentes de la Guardia Civil, en una imagen de archivo. -

El Consejo de Estado ha reclamado a la Guardia Civil que "extreme el rigor" ante denuncias de víctimas de violencia de género tras avalar que se indemnice a los dos hijos de Lucía Patrascu, la mujer asesinada por su pareja en Pollença (Mallorca) en 2016 después de acudir al acuartelamiento para denunciarle, al apreciar que no fue atendida "de la forma debida" por los agentes.

Así consta en el dictamen, consultado por Europa Press, en el que la Comisión Permanente del Consejo de Estado estima parcialmente la reclamación de los dos hijos de la víctima de violencia de género, rechazando la tesis de la Guardia Civil de que no había lugar a tal indemnización porque el caso había quedado sobreseído en la vía penal.

De esta forma, frente a la reclamación de 120.000 euros por hijo en concepto de responsabilidad patrimonial de la Administración, el Consejo de Estado propone una indemnización de 40.000 euros para cada uno, la misma cantidad avalada en una resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior.

"El Consejo de Estado no puede dejar de recordar a la Administración consultante la importancia de extremar el rigor y la diligencia ante circunstancias como las acaecidas", señala, pidiendo a continuación que se "valore adecuadamente las situaciones de riesgo" y se "adopte sin dilación las medidas adecuadas conducentes a reducir el riesgo".

En el dictamen, que cuenta con un voto particular que cuestiona que la responsabilidad civil "se sume" a la responsabilidad patrimonial, también se llama la atención sobre la "necesidad de reforzar los medios de formación de los profesionales encargados de asistencia a las víctimas relacionadas con la violencia de género de género".

El suceso tuvo lugar en mayo de 2016 en un domicilio del Port de Pollença. La pareja de la mujer, Ioan Ciotau, la apuñaló repetidamente en el pecho con un cuchillo de unos 16 centímetros de hoja en el balcón de la vivienda. Mientras ella trataba de pedir auxilio agarrándose a los barrotes de la barandilla, él continuó acometiéndola por la espalda. Los sanitarios que la atendieron no pudieron salvar su vida. El hombre fue condenado a 22 años de cárcel por asesinato.

La mujer había acudido a las seis de la mañana al cuartel de la Guardia Civil para pedir ayuda y, después de hacerla esperar casi cinco horas y tener contacto con cinco agentes, abandonó las dependencias policiales "sin haber sido atendida en debida forma" y "sin que por consiguiente se adoptasen las medidas adecuadas para su debido auxilio y protección". De hecho, no se llegó a activar el protocolo de VIOGÉN.

A juicio del Consejo de Estado, "tal modo de proceder no se compadece con un estándar adecuado de funcionamiento de los servicios policiales". "La víctima no fue atendida en la forma debida, ni se la permitió dar cuenta de su relato en los términos y en el lugar adecuados, ni fue atendida por un especialista en violencia de género, tal como recomiendan los propios protocolos y procedimientos de actuación aplicables".

"No se adoptaron las medidas de auxilio y de protección que, en rigor y buena lógica, debieron haberse adoptado y que, en este caso concreto, pudieron muy probablemente haber evitado el fatal desenlace que tristemente se produjo", concluye el Consejo de Estado.

Además, rebate la tesis del instructor de la Guardia Civil sobre la pretendida "exoneración total de la Administración". "Contrariamente a lo argumentado por diversos órganos preinformantes de la Guardia Civil, un auto de sobreseimiento no supone desde una perspectiva procesal una exoneración en sentido técnico, que solo derivaría de una sentencia absolutoria, por lo que no cabe predicar el valor del auto de 26 de noviembre de 2019 dictado por el Juzgado de instrucción número 1 de Inca".

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