El Puerto

El Puerto evitará las concentraciones y aglomeraciones por las motos

Ante la celebración del GP de España y GP Andalucía de Motociclismo 2020 activa el dispositivo extraordinario de Seguridad y Movilidad para proteger la ciudad

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  • Dispositivo extraordinario del GP 2020 en El Puerto. -

El alcalde de El Puerto de Santa María, Germán Beardo, informa que El Puerto ante la celebración en el circuito de la ciudad vecina de Jerez de la Frontera, este fin de semana y el siguiente, del 17 al 19 y del 24 al 26 de julio, del "Gran Premio de España y el Gran Premio de Andalucía de Motociclismo 2020”, activa un dispositivo extraordinario de Tráfico, Seguridad y Movilidad para proteger a El Puerto de cualquier tipo de aglomeración.

Así, señala Germán Beardo, con motivo de la celebración de estos eventos, aun tratándose de campeonatos a puerta cerrada, y ante la posible llegada a nuestra ciudad  de un gran número de aficionados al mundo de la motocicleta y de veraneantes, en aras de una adecuada prevención se hace necesario adoptar durante el periodo estival, además de las medidas preventivas de salud pública impuestas por el Gobierno de España y de la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID- 19), una vez superado el Estado de Alarma, publicadas en el BOE num. 163, de 10 de junio de 2020, y en el BOJA extraordinario núm. 39, de 19 de junio de 2020, y num. 41, de 25 de junio de 2020, otra serie de medidas extraordinarias, especialmente en materia de circulación.

En el seno de la Junta Local de Seguridad, con la presencia de los mandos de la Policía Local, Policía Nacional, Guardia Civil, Protección Civil, Bomberos y el Servicio de Seguridad Privada, en sesión extraordinaria celebrada el día 26 de junio de 2020, se han analizado los posibles dispositivos de tráfico y seguridad que se podían implantar, teniendo en cuanta el buen funcionamiento de los dispositivos de tráfico desarrollados entre los años 2006 y 2019 así como los efectivos disponibles, e intentando el mayor respeto de las consecuencias derivadas de la Sentencia de fecha 6 de junio de 2005, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sección Primera, en el recurso nº 972/2001, en la que fue condenado el Ayuntamiento por hechos derivados de la concentración de motociclistas que tuvo lugar en esta ciudad en el año 2001, así como la Sentencia de fecha 27 de diciembre de 2007, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Cádiz, en el recurso contencioso administrativo nº 91/2005, por hechos similares.

Tras el estudio de todas las opciones posibles, y a propuesta de la Junta local de Seguridad, por razones de seguridad vial, movilidad y fluidez de la circulación, en concordancia con la posible afluencia masiva de vehículos y personas en las vías públicas urbanas del Municipio, y dada la peligrosidad intrínseca que esta aglomeración de personas y vehículos en un mismo lugar pueda generar, y al amparo de lo prevenido en los artículos 7, apartado a) y f) y 18 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 06/2015, de 30 de octubre (BOE núm. 261, de 31 de octubre), así como en el artículo 37 de Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre (BOE núm. 306, de 23 de diciembre de 2003), se proponen medidas, incluidas algunas que afectan al gremio de la hostelería, en las zonas de Valdelagrana, Paseo José Luis Tejada, Paseo Marítimo de la Puntilla, Avenida de Europa, y principalmente en el Centro del casco antiguo, a fin de garantizar la pacífica convivencia de los ciudadanos y la seguridad vial. 

En su virtud, esta Alcaldía DISPONE lo siguiente:

PRIMERO.- MEDIDAS RELATIVAS A LA CIRCULACIÓN, entre las que se establecen las restricciones que a continuación se relacionan:

a.- Prohibir del 17 al 19 y 24 al 26 de julio del presente año la circulación en todo el casco urbano de vehículos quads o similares, que puedan poner en riesgo al gran número de personas que, en esa fecha y con motivo de los Campeonatos de Motos, se puedan concentrar en la ciudad.

b.- Entrada Centro Ciudad por Glorieta de Pozos Dulces, Obras Parking, c/ Ribera del Río y c/ Ribera del Marisco: Se prohíbe la entrada y circulación por estas calles de todo tipo de vehículos, excepto vehículos autorizados por la Policía Local, desde las 10:00 horas del viernes 17 de julio hasta las 10:00 horas del domingo 19 de julio y desde las 10:00 horas del viernes 24 de julio hasta las 10:00 horas del domingo 26 de julio. El acceso al casco antiguo de residentes y vehículos autorizados se realizará por Avenida de Sanlúcar, c/ Santa Clara, c/ Cielos, c/ Javier de Burgos, c/ Larga, c/ Chanca, Ribera del Marisco y c/ Ribera del Río, siempre en función de las circunstancias del tráfico.

Las motocicletas podrán circular exclusivamente por el tramo de las calles Pozos Dulces, Ribera del Rio, Luja y Larga, según este sentido de la marcha, y sólo en el sentido indicado. En todo caso, a las 12 horas de las noches del viernes y sábado se prohibirá la circulación de todo tipo de vehículos, incluidas las motocicletas. Esta medida podrá ser modificada por las Fuerzas de Seguridad en función de la evolución del tráfico y seguridad en la Ribera del Marisco.

c.- Calles Ribera del Río y Luja: Se prohíbe la entrada y circulación por estas calles de todo tipo de vehículos, excepto motocicletas y vehículos autorizados por la Policía Local, hasta la altura de la c/ Luja, en donde serán desviados dirección a la c/ Larga, permitiendo el acceso a los residentes y vehículos autorizados.

d.- C/ Ribera del Marisco, Plaza de las Galeras y c/ Micaela Aramburu: Los días 17 al 19 y 24 al 26 de julio, queda totalmente prohibida la circulación de todo tipo de vehículos, excepto servicios de seguridad y vehículos autorizados por la Policía Local para acceder a los estacionamiento privados o abonados.

e.- Avenida de la Bajamar, tramo desde c/ Los Moros hasta la entrada a Parking Bajamar 1, sito en Avda. de la Bajamar frente al nº 16: Se prohíbe la entrada y circulación por esta calle de todo tipo de vehículos, excepto motocicletas y vehículos autorizados por la Policía Local, desde las 10:00 horas del viernes 17 de julio hasta las 10:00 horas del domingo 19 de julio y desde las 10:00 horas del viernes 24 de julio hasta las 10:00 horas del domingo 26 de julio.

f.- Carga y descarga de mercancías: Se realizará en la Plaza de la Herrería, Plaza de las Galeras Reales, Avenida de la Bajamar y Plaza del Polvorista, siendo su horario de utilización desde las 8:00 hasta las 12:00 horas, siempre siguiendo las indicaciones que se cursen desde la Policía Local.

g.- Taxis, autobuses urbanos e interurbanos: Además de las paradas habituales, se habilitarán extraordinariamente las siguientes zonas para el estacionamiento y paradas de Taxis:

• Calle Federico Rubio: Parada Taxi, tramo comprendido entre calle de la Palma y calle Micaela Aramburu.

• Calle Ribera del Río: Parada Taxi, tramo comprendido entre calle Chanca y calle Luja.

Las paradas y circulación por la zona de la Ribera de autobuses urbanos e interurbanos se suprimen durante estos días.

h.- Estacionamiento de vehículos de personas con movilidad reducida en la zona: En todas las bolsas de estacionamiento existen estacionamientos reservados para vehículos de personas con movilidad reducida.

i.- Estacionamientos de motocicletas: Están constituidos por la bolsa de estacionamiento sita en la explanada de la Victoria “Puerto Movilidad Segura” (junto a RENFE), bolsa de estacionamiento Pasarela del Río (Acceso desde Glorieta de Las Américas, anexa al Muelle Comercial), y bolsas de estacionamiento de la Avenida de la Bajamar.

j.- Estacionamientos de turismos: Plaza de Elías Ahuja, explanada del Monasterio de la Victoria “Puerto Movilidad Segura” (junto a RENFE), bolsa de estacionamiento Pasarela del Río (Acceso desde Glorieta de Las Américas, anexa al Muelle Comercial), bolsas de estacionamientos de la Avenida de la Bajamar, y, en general, todos los estacionamientos privados y públicos habilitados. A todos ellos se accederá siguiendo las indicaciones de la Policía Local. 

k.- Instalación del dispositivo de tráfico en la zona centro del Casco Antiguo: El dispositivo se dispondrá en la tarde del 16 y 23 de julio, por lo que a partir de las 20:00 horas de los citados días podrán producirse cortes intermitentes del tráfico para su instalación en toda la zona.

l.- Acceso a la zona de residentes, empleados de reparto, etc.: En la Jefatura de la Policía Local se podrán recoger los pases para facilitar el acceso de residentes a estacionamientos privados, realizar labores de carga y descarga, etc., los días 13 al 17 de julio, en horario de 10:00 a 13:00 horas.

Los horarios de entrada y circulación por toda la zona quedarán subordinados a los cambios o indicaciones que se realicen desde la Policía Local.

m.- Paseo Marítimo de Valdelagrana: Se faculta a la Policía Local y al Cuerpo Nacional de Policía a cerrar el tráfico rodado con barreras físicas en el Paseo Marítimo de Valdelagrana.

n.- Paseo Jose Luis Tejada: El tramo comprendido desde el Paseo Marítimo de la Puntilla hasta la Rotonda de la Puntilla, quedará en un solo sentido de circulación, siendo éste desde la Playa de la Puntilla dirección al centro de la ciudad. 

SEGUNDO.- SUPUESTO EXCEPCIONAL DE LEVANTAMIENTO DE RESTRICCIONES: Excepcionalmente, se autoriza a la Jefatura de la Policía Local, en función de las condiciones en que se esté desarrollando la circulación durante los periodos afectados por las restricciones establecidas en el presente Bando, a permitir la circulación de los vehículos incluidos en los apartados anteriores si así fuera aconsejable.

TERCERO.- EN MATERIA DE VENTA AMBULANTE: Los puestos de venta ambulante se ubicarán en el interior del Parque Calderón y Paseo Marítimo de la Bajamar.

CUARTO.- EN MATERIA DE HOSTELERÍA: Queda expresamente prohibida la instalación de barras en la vía pública.

QUINTO.- EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA: Se ha de respetar la distancia mínima de seguridad interpersonal de un metro y medio, eliminándose cualquier posibilidad de formación de grupos numerosos y aglomeraciones. Cuando no sea posible mantener dicha distancia de seguridad, se observarán las medidas de higiene adecuadas para prevenir riesgos de contagios, siendo en ese caso obligatorio el uso de mascarilla tanto en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público. 

Asimismo, los titulares de bares, restaurantes, demás establecimientos de hostelería y restauración, de espectáculos públicos y otras actividades recreativas quedan obligados a dar debido cumplimiento a las normas de aforo, desinfección, prevención y acondicionamiento previstas en la Orden de 19 de junio de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el estado de alarma, dictada en el marco del Real Decreto 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

SEXTO.- SANCIONES Y MEDIDAS CAUTELARES: Las transgresiones a las medidas de circulación contenidas en el presente Bando se sancionarán, en su caso, con arreglo al texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre. 

Asimismo, los Agentes de la Autoridad responsables de la vigilancia y disciplina del Tráfico podrán adoptar la medida cautelar de inmovilización del vehículo en los supuestos previstos en el artículo 104 de dicho texto legal. Y de igual modo, la de retirada y depósito cuando el vehículo obstaculice, dificulte o suponga un peligro para la circulación, así como en los restantes supuestos del artículo 105.

Por lo que respecta al incumplimiento de las medidas de prevención y de las obligaciones establecidas en materia de salud pública, será sancionado en los términos previstos en la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía.

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