El Puerto

Subvenciones para impulsar la creación de empleo en El Puerto

La delegada de Desarrollo Económico y Empresarial, Lola Campos, anima a los empresarios portuenses que cumplan los requisitos a optar a estas ayudas

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  • Lola Campos. -

La delegada de Desarrollo Económico y Empresarial del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, Lola Campos, informa que el Servicio Andaluz de Empleo ha publicado en el BOJA, el pasado lunes 3 de octubre, la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la recuperación e impulso del empleo estable en Andalucía, reguladas en la Orden de 3 de junio de 2022. Podrán optar a estas subvenciones personas trabajadoras autónomas, empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, entidades privadas sin ánimo de lucro, así como las entidades privadas sin personalidad jurídica, que desarrollen su actividad en Andalucía.
Por ello, Lola Campos anima a todos los empresarios de El Puerto de Santa María que cumplan los requisitos a optar a estas subvenciones, ya que supondrán un empuje a la creación de empleo en nuestra ciudad y, además, podrán aumentar su plantilla con un gasto menor, ya que hay prevista una partida de casi 22 millones de euros para la provincia de Cádiz.
En lo referente a la cuantía de la subvención será de 3.500 euros por cada contrato laboral indefinido formalizado, a jornada completa, con una persona desempleada, pero cuando la persona contratada tenga 45 o más años, la cuantía de la subvención será de
4.500 euros.
Asimismo, cuando la persona contratada esté incluida en los Grupos de cotización I al IV de la Seguridad Social, o la contratación se realice con una persona joven de hasta 30 años, la cuantía de la subvención será de 5.000 euros. Cuando concurran ambos supuestos a la vez, la cuantía será de 5.500 euros. Por otro lado, entre los requisitos hay que destacar que la contratación indefinida o fija discontinua subvencionada deberá suponer un incremento neto de la plantilla fija de la persona o entidad empleadora tomando como referencia el periodo de los tres meses anteriores a la contratación. Los requisitos deberán mantenerse desde la presentación de la solicitud y hasta la resolución de la concesión de la ayuda.

Será subvencionable la contratación laboral con carácter indefinido o fijo discontinuo de personas desempleadas, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, siempre que la jornada de trabajo no sea inferior al 50% de la jornada completa. Este límite mínimo de duración de la jornada a tiempo parcial a los efectos de la concesión de estas subvenciones, no resultará de aplicación en relación con el colectivo de personas con discapacidad, como medida de adecuación del empleo a sus capacidades.
La persona a contratar deberá estar desempleada e inscrita como demandante de empleo no ocupada en el Servicio Andaluz de Empleo, en el día anterior al del inicio de la actividad laboral y, estar dada de alta en la Seguridad Social en una Cuenta de Cotización establecida en Andalucía
El inicio de la actividad laboral de las contrataciones deberá tener lugar en el período comprendido entre el día 1 de abril de 2022 y el día final del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, el plazo para la presentación de solicitudes va desde el día 3 de
octubre hasta el 18 de noviembre de 2022.

 

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