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Una juez de Chiclana anula un contrato de Bonos del Banco Popular

A un vecino jubilado de Chiclana, cuyo importe ascendía a un total de 20.000 euros.

Publicado: 01/10/2019 ·
18:33
· Actualizado: 01/10/2019 · 18:33
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Autor

Pedro Salvado Manzorro

Pedro Salvado es licenciado en Derecho y diplomado en Empresariales. MBA por la Escuela Europea de Negocios

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Un Juzgado de Chiclana ha anulado un contrato comercializado por la entidad Banco Popular (ahora Banco Santander) a un vecino jubilado de Chiclana, cuyo importe ascendía a un total de 20.000 euros. El producto, denominado “Bonos subordinados obligatoriamente convertibles en acciones de Banco Popular”, conllevó que el afectado tuviera su inversión convertidas en acciones del banco durante un tiempo y en junio de 2017 la perdiera por completo.

Este producto fue comercializado por Banco Popular en el año 2009 entre varios clientes de la entidad, entre los que se encontraban el jubilado vecino de Chiclana, que se le convenció por parte del personal de su oficina bancaria de toda la vida haciendo hincapié en la alta rentabilidad que daba este producto, pero sin dar la correcta información de los verdaderos riesgos que ello conllevaba, incluso la pérdida total de la inversión, según informa el abogado del afectado Pedro Salvado.

La Sentencia concluye que no se dio la correcta y necesaria información al cliente tras analizar la documentación y las testificales del cliente y el empleado del banco, y por ende, verá resarcido sus derechos económicos, por un total de 20.000 euros. El banco alegaba que si dio toda la información –aunque no lo ha acreditado- y  que el cliente había firmado un acuerdo que le impedía reclamar, por lo que no tenía legitimación, pero la juzgadora considera que dicho es acuerdo nulo por no ser una renuncia clara y contundente, siendo iniciativa de la entidad demandada.  

Según el abogado, se repara en una gran injusticia, puesto que la entidad se aprovechó del desconocimiento y la confianza de muchos años, provocándole un gran perjuicio al cliente al perder los ahorros de toda una vida. La sentencia no es firme. A finales de este año caducaría la acción de nulidad de este producto, por lo que los afectados que aún no han reclamado deben apresurarse.

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