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¿Si vendo bienes de segunda mano “on line” debo tributar?

Si vendes artículos de segunda mano a través de plataformas “on line” por un precio superior al que lo compraste, el beneficio debe declararse ante Hacienda.

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La respuesta es sí. Si vendes artículos de segunda mano a través de plataformas “on line” por un precio superior al que lo compraste, el beneficio debe declararse ante Hacienda. Por tanto, deben cumplir las mismas normas tributarias el comercio electrónico que el comercio tradicional.

Las compras/ventas de productos de segunda mano en portales de internet tributan al 4%, según Hacienda. Las compras 'online' de bienes de segunda mano entre particulares tributan por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) con un tipo del 4%, según una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos, organismo dependiente del Ministerio de Hacienda. Dado que este impuesto está en manos de las comunidades autónomas, la Agencia Tributaria Estatal se concentra en que las ventas que generaran beneficios se declarasen en el IRPF como ganancia patrimonial.
Tributos, en su consulta vinculante, aclara a una contribuyente que quería conocer qué tributos debe pagar si vende a través de una página web objetos y enseres personales y familiares de segunda mano, -estando estas operaciones están exentas de IVA, ya que en la transacción no interviene un empresario o un profesional-, sino que se trata de una compraventa entre particulares de toda clase de bienes y derechos.

Hacienda considera que existe actividad económica en la compraventa de bienes de segunda mano por Internet y, por ende, sujeta a tributación, cuando el objeto se ha revalorizado con el paso del tiempo (por ejemplo sellos) o cuando  la persona dedica de forma habitual a la venta de artículos por Internet (compra y revende para obtener ganancias).

Hacienda está pidiendo las bases de datos a las plataformas de comercio online para investigar estas transacciones, después de que Tributos estableciera en la precitada consulta vinculante que estaban sujetas al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y que deberían tributar al 4%. El ministro Cristóbal Montoro declaró recientemente que no hay ninguna novedad, sólo han clarificado en cuanto al comercio electrónico.

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