Conil

Conil publica un bando municipal ante las nuevas medidas más restrictivas por el Covid

Con el objetivo de aclarar a la ciudadanía de Conil las medidas y restricciones que rigen en Conil desde el sábado 30 de enero.

Publicidad AiPublicidad Ai
  • Ayuntamiento conileño. -

Según la tasa de incidencia registrada en el municipio de Conil de la Frontera, ha sido decretado por Resolución de 28 de enero de 2021 por la Delegación Territorial de Salud y Familia en Cadiz, por el que se adoptan y modelan los niveles y grados de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención del COVID-19, que este municipio pase a nivel de alerta 4 , Grado 2, al haber superado una tasa de contagio de 1.000 por cada cien mil habitantes.

De esta manera, con el objetivo de aclarar a la ciudadanía las medidas y restricciones que rigen en Conil, y facilitar así el cumplimiento de las mismas, la Alcaldia de Conil ha emitido un nuevo Bando Municipal:

 1º Libertad de movimiento. Se podrá circular libremente dentro del término municipal de Conil desde las 6:00 horas hasta las 22:00 horas, pudiendo circular fuera de este horario solo por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. Recomendando en todo momento a la ciudadanía en general que limite su movilidad a lo estrictamente indispensable, para contribuir a las vigentes medidas sanitarias.

Limitación a la formación de grupos. Los grupos de personas que puedan formarse tanto en espacios públicos, como en espacios privados, no podrán superar el número de 4, computándose tanto mayores de edad, como adolescentes y niños. La única excepción para que pueda existir un grupo mayor de 4, es que todos los integrantes del grupo sean convivientes, salvo en el caso de velatorios y entierros. Esta limitación no se aplica en centros de trabajo y educativos, así como en las instalaciones abiertas al público que cuenten con un régimen aprobado por las autoridades sanitarias.

Medidas en velatorios, entierros, lugares de culto y ceremonias. Los velatorios podrán celebrarse, manteniendo las distancias interpersonales, con un límite máximo de 15 personas en espacios al aire libre o de 6 personas en espacios cerrados, salvo en este último caso que los convivientes fueran un número superior. El aforo máximo para la celebración de ceremonias será el 30%. Las personas asistentes a la ceremonia deberán estar sentadas, a una distancia de al menos de 1.5 metros. Entierros y ceremonias fúnebres hasta las 18:00 horas Solo velatorios pueden llevarse a cabo después de las 18:00 horas.

Medidas en el sector de la hostelería, salones de celebraciones y actividades recreativas. Se suspenden todas las actividades de restauración tanto en interiores como en terrazas, exceptuando las contempladas en la norma. Los servicios de entrega a domicilio se podrán realizar hasta las 23:30 horas, estableciendo como límite para realizar pedidos las 22:30horas, igualmente podrán suministrar servicio de recogida en establecimiento hasta las 21:30 horas. Los salones de celebraciones deberán permanecer cerrados Se suspende la actividad en todos los establecimientos de juegos recreativos o de azar. Se suspende la apertura de peñas, asociaciones gastronómicas, culturales, recreativas o establecimientos similares.

Actividades en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación.Se mantendrá la actividad en todos los centros de formación profesional, conservatorios, escuelas de idiomas, academias, centros de educación permanente de adultos, centros de investigación y demás centros similares. Horario media hora antes restricción movilidad nocturna.

Medidas relativas al comercio. Cierre de los establecimientos comerciales a excepción de los considerados como servicios esenciales que son: -Alimentación -Servicios y productos sanitarios y sociosanitarios -Farmacias -Clínicas veterinarias -Mercado de abastos -Servicios profesionales y financieros -Gasolineras -Ópticas -Talleres mecánicos -Construcción -Ferreterías -ITV -Estancos -Tecnología y telecomunicaciones -Ortopedias -Tintorerías -Peluquerías.

Medidas en materia de mercadillo y venta ambulante. El mercadillo de los viernes queda suspendido.

Medidas en materia de instalaciones deportivas. Se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sea al aire libre y sin contacto. Asimismo, se permite la practica de la actividad deportiva oficial federada, que se regirá por la normativa y protocolos específicos aplicables. Para las restantes situaciones, se suspende temporalmente la celebración de entrenamientos, competiciones y eventos deportivos no federados de cualquier categoría de edad y los federados, a excepción de la categoría absoluta.

Medidas en materia de transporte. En el servicio público de autobuses, los usuarios deberán tener un asiento contiguo vacío, salvo que sean personas convivientes. No se ocupará la fila inmediatamente posterior al conductor. En los transportes privados, en vehículos de hasta nueve personas, no se podrá ocupar el asiento del copiloto, salvo que sean convivientes.

10º Medidas Zona ORA. Suspensión del servicio de ordenación y regulación de aparcamientos (ZONA ORA) durante el periodo de vigencia Nivel 4 Grado 2

11º Parques, jardines infantiles y áreas recreativas de acceso público al aire libre. Sin actividades lúdicas, de animación, culturales o recreativas.

12º Recordatorios y recomendaciones en materia de salud pública a la ciudadanía para prevenir el contagio por coronavirus. En caso de encontrarse con síntomas compatibles con la COVID-19, no salir de su domicilio y contactar con “Salud Responde” llamando al teléfono 900 400 061. En caso de personas contagiadas por la COVID-19 y en cuarentena, cumplir estrictamente las restricciones de movimiento, y la prohibición de salida de sus domicilios, pudiendo solicitar a Protección Civil asistencia para el suministro de alimentos, medicinas y/o productos de primera necesidad a través del teléfono 607851690. Hacer fiel cumplimiento de la obligación del uso de mascarillas. Respetar la distancia física interpersonal de seguridad sanitaria. Lavado frecuente de manos y permanencia en entornos limpios y aireados. Evitar contactos con grupos de más de cuatro personas, que no sean unidad de convivencia. Los grupos de hasta cuatro personas se recomienda que sean estables, no variando los mismo de forma constante. Limitación de contactos interpersonales durante la actividad física y deportiva. Prohibición de celebraciones de fiestas en domicilios particulares y en espacios públicos.

13º Actualización constante de la información. Dado que la información puede ser susceptible de modificación conforme a las directrices de las autoridades competentes, se recomienda consultar frecuentemente las fuentes oficiales de información: Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía https://www.juntadeandalucia.es/organismos/saludyfamilias.html Ministerio de Sanidad https://www.mscbs.gob.es Agencia Europea de Enfermedades Infecciosas https://europa.eu/european-union/about-eu/agencies/ecdc_es Organización Mundial de las Salud https://www.who.int/es Ayuntamiento de Conil https://www.conildelafrontera.es/ Redes Sociales Municipales

Se solicita la colaboración ciudadana ante comportamientos incívicos y que conlleven el incumplimiento de las medidas de prevención sanitaria impuestas por las autoridades competentes. Se reitera a la ciudadanía la necesidad de extremar todas las medidas preventivas ante la gravedad de la situación de la pandemia sanitaria. La salud debe ser nuestra principal prioridad.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN