Chiclana

Recurso del colectivo 'Por un ibi real' a la adhesión a los Fondos de Impulso Económico

Pide al ayuntamiento que en su lugar realice una modificación de créditos al presupuesto actual y se paguen las dos sentencias

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  • Imagen de una de las acciones del colectivo -

La asociacion inciciativa social por una chiclana y un ibi real ha registrado un Recurso de Reposicion para que el pleno municipal desista de acojerse al Real Decreto 17/2014,26 diciembre de medidas de sostenibilidad financiera de las Comunidades Autonomas y Entidades Locales.

Entiende esta entidad social, que dicho acuerdo, va a afectar gravemente al bolsillo de los contribuyentes de Chiclana, al intere general y, especialmente, a las arcas municipales, "por cuanto que el prestamo de 13,5 millones que otorgaría el Instituto de Credictos Oficial (ICO) a largo plazo (10 años) supondría tener que abonar solo de intereses 6, 5 millones de euros, haciendo un total de 20 millones de euros a abonar durante 10 años, esto aumentará mas la presión fiscal para los vecinos así como pondrá en grave riesgo el futuro d elas Corporaciones venideras".

La asociacion por un IBI real, fundamenta su recurso de oposicion, debido a que "en el expediente que se llevó el pasado 27 de agosto al pleno de la Corporacion Municipal no contenía la documentacion que se contempla y exige los articulos 39 al 50 del Real Decreto17/2014,26 diciembre de medidas de sostenibilidad financiera de las Comunidades Autonomas y Entidades Locales; esto es, un informe de tesoreria que justifique suficientemente la solicitud de adhesión a los Fondos de Impulso Económico para la financiación de la ejecucion de las dos sentencias".

"No se justificó", añade, "la existencia de gráves desfases de tesoreria. Igualmente, no existe en el expte. informe de la asesoria juridica del ayuntamiento Tampoco existe un ánalisis riguroso sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de la deuda pública, al menos, hasta el ejercicio 2023".

"Que, las sentencias judiciales comunicadas aún no son firmes, requisito para poder adherirse a la solicitud para dichos fondos, como queda acreditado en el informe de Intervención de Fondos del Ayuntamiento, las sentencias fueron comunicadas el pasado julio 2024 y no son actualmente firmes, es más aún no se han procedido a su ejecución por las partes interesadas".

La asociacion por un IBI real, manifiesta que "existen suficientes créditos y partidas en el actual presupuesto municipal como para hacer frente a los pagos de las dos actuales sentencias comunicadas, mediante una correspondiente Modificacion de créditos del Presupuesto 2024".

"En la actualidad", añade, "este ayuntamiento tiene ordenado en sus presupuesto una partida por importe cercano al medio millon de euros bajo la rúbrica Fondo de Contingencias de ejecucion presupuestaria, es una dotacion de créditos por importe, del 0,5% de los gastos no financieros. En el presente ejercicio presupuestario se dispone de un estado del remanente de Tesoreria para gastos generales positivos de: 3.624.239,54€ del año 2022 y, otro por importe de 9.672.661,15 millones de euros del año 2021, como se desprende del documento a fecha limite 31/12/2022".

"Por otra parte", concluye, "observamos en el informe sobre el estado de liquidacion del presupuesto ejercicio 2023, a fecha 31/12/2023 el resultado presupuestario ha sido de
17.905.731.32 €. Estimamos, que existen suficientes créditos y partidas en el actual presupuesto municipal 2024, como para hacer frente a los pagos de las dos sentencias comunicadas, solo basta, realizar una Modificacion de créditos del Presupuesto 2024. Que addicionada dicha partida del Fondo de Contingencia, mas el superavit de la liquidacion del presupuesto 2023 de 7.361.022,48€ y de la reciente venta por enajenación directa de la parcela hotelera RH-20 patrimonio de suelo municipal, por un importe abonado hace dos meses a las arcas del ayuntamiento de 9,5 millones de
euros, nos dan mas que suficiente para pagar el importe de los dos sentencias y hasta nos sobraría dinero en las arcas del ayuntamiento para abonar las siguientes sentencias que en el presente ejercicio y el año venidero lleguen".


 

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