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Andalucía

Una inmobiliaria demanda a una comunidad por prohibir el alquiler turístico sin votación

Los ejecutivos de la inmobiliaria, Viviene Thoennessen y José Carlos O'Donnell, reclaman que se anule la decisión que tomó la presidencia de la comunidad

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  • Una imagen de archivo de un piso en alquiler. -

La empresa inmobiliaria Homewatch ha interpuesto una demanda de juicio ordinario contra una comunidad de propietarios de Ojén (Málaga) por haber prohibido la explotación de sus apartamentos con fines turísticos sin una votación específica de los vecinos.

Los ejecutivos de la inmobiliaria, Viviene Thoennessen y José Carlos O'Donnell, reclaman que se anule la decisión que tomó la presidencia de la comunidad Vicario Tercera Fase.

Según los demandantes, en la junta general extraordinaria del 15 de diciembre de 2023 se impuso arbitrariamente y sin previo aviso la prohibición de explotar los apartamentos con fines turísticos, basándose en "una interpretación sesgada de una sentencia del Tribunal Supremo y en contravención de los estatutos de la comunidad".

El acta de la junta y la decisión han sido impugnadas por los afectados, quienes alegan que no se les permitió votar sobre el tema, según han informado este jueves en un comunicado.

Sostienen que, desde la compra de la vivienda en 2016, han venido ejerciendo el arrendamiento turístico en ámbito rural sin que antes se les haya prohibido esta actividad.

El letrado Antonio Jurado Jiménez, que representa a los demandantes, ha argumentado que el acuerdo adoptado en la junta es nulo de pleno derecho y contrario al artículo 15 de los estatutos de la comunidad, puesto que éstos no prohíben específicamente el uso de viviendas para el arrendamiento turístico, sino los usos exclusivos como oficina, comercio o industria.

Para la consejera delegada y cofundadora de Homewatch, Vivienne Thoennessen, la comunidad realizó "una interpretación muy subjetiva" de los estatutos de forma unilateral.

"Después de varios años alquilando sin problema, estando dado de alta y con conocimiento pleno de toda la comunidad, no puedes decir de repente que está prohibido según los estatutos sin una votación a favor de tres quintas partes de los propietarios", ha explicado Thoenessen, que ha incidido en que están "reinterpretando a posteriori" la naturaleza del reglamento interno.

Desde su perspectiva, es "totalmente entendible" la prohibición existente de tener actividad comercial en las comunidades, porque "supone que decenas de personas no identificadas tengan acceso diario a las zonas comunitarias".

Pero esa restricción, ha apuntado Thoenessen, no aplica en este caso: "Nosotros tenemos los pasaportes de las personas que se alojan y hay una ley detrás para dar total seguridad".

"No tiene sentido que estén prohibidos los alojamientos vacacionales en una comunidad porque ya están prohibidas las tiendas de ropa. No tiene ni pies ni cabeza", ha concluido.

Homewatch nació como una empresa inmobiliaria familiar en 1998 y actualmente maneja alrededor de 150 propiedades para estancias cortas y medias, y 50 para estancias largas, además de continuar con la compraventa de inmuebles. 

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