El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica en su edición de hoy que el Pleno del Tribunal Constitucional, “por providencia de 10 de septiembre actual”, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4182-2015, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Algeciras, en el procedimiento abreviado número 241/2014, en relación con el artículo 2.1 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, por posible vulneración del artículo 9.3 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
Dicho artículo hace referencia a la paga extraordinaria de Navidad de 2012 para los empleados públicos. Su contenido es el siguiente: “En el año 2012 el personal del sector público definido en el artículo 22. Uno de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, verá reducida sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes”.
Añade la publicación del BOE que, de conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento abreviado núm. 241/2014, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.