Gibraltar introduce un límite de velocidad dentro del puerto

Publicado: 28/05/2015
Por motivos de seguridad, queda establecida en 5 nudos
Recientemente, la Autoridad Portuaria de Gibraltar llevó a cabo una evaluación del riesgo de navegación para los usuarios de embarcaciones comerciales y recreativas del interior del puerto y concluyó que la velocidad de cinco nudos garantiza la seguridad de todas las embarcaciones. Este límite de velocidad se ha incorporado a la Ley de Puerto y toda embarcación que exceda dicho límite incurrirá en una infracción.
Los detalles de la enmienda a la Ley de Puerto pueden consultarse en la web del Gobierno:
http://www.gibraltarlaws.gov.gi/articles/2015=076.pdf
El Director General y Capitán del Puerto, el Contraalmirante Bob Sanguinetti, comentó: “Se recuerda a todos los usuarios del puerto que deben respetar en todo momento una velocidad de seguridad y no dejar estela que pueda molestar a otros usuarios. El interior del puerto acoge botes, lanchas y embarcaciones de vela ligera, muchos de los cuales cuentan con una cubierta de francobordo baja, que puede inundarse con facilidad. Además,  las embarcaciones amarradas a los lados pueden resultar dañadas. Todos los usuarios de estas concurridas aguas deberán navegar teniendo en cuenta a los demás para limitar el riesgo de daños o lesiones”.
El Ministro de Puerto, Paul Balbán, comentó: “El Gobierno está decidido a garantizar la máxima seguridad de todos los usuarios del puerto y estimamos que este nuevo límite de velocidad es un paso positivo en esta dirección”.

 

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