La resolución definitiva de este expediente sancionador salía publicada esta misma semana en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), aunque, según ha podido saber este medio, los hechos sucedieron hace un año, concretamente, el 2 de septiembre de 2007 a las 18.50 horas.
Según consta en la denuncia que en su día formuló la Policía Local, el hombre permanecía en la zona de baño de la Segunda Pista de La Barrosa con un perro, al cual bañaba en la orilla. Estos hechos, dice la resolución, constituyen una infracción leve del artículo 6 del Reglamento sobre Vigilancia Higiénico-Sanitaria de las aguas y zonas de baño de carácter marítimo, en el cual se establece que “durante la temporada de baño queda prohibido el acceso de animales domésticos a las aguas y zonas de baño, con excepción del que resulte preciso para el desarrollo de actividades debidamente autorizadas por la autoridad sanitaria competente”.
Sanción nada habitual
Según han informado a este medio fuentes de la Delegación Municipal de Medio Ambiente, este tipo de infracciones no son nada habituales, al menos en Chiclana, de ahí lo curioso de este caso. De hecho, durante la temporada de baño 2008 no se ha impuesto sanción alguna por este motivo.
La resolución de esta multa ha salido publicada en el BOP después de que la Delegación de Medio Ambiente haya intentado en varias ocasiones sin éxito notificársela al interesado. Este anuncio, no obstante, no agota la vía administrativa, por lo que el infractor dispone ahora de dos meses para interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de este orden jurisdiccional de Cádiz, así como cualquier otro que estime conveniente.
Igualmente, el interesado puede comparecer en la sede de la Delegación de Medio Ambiente, sita en la calle Doctor Pedro Vélez, bloque 5, para conocer íntegramente el acto.
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