El juez de la Audiencia Nacional Joaquín Gadea ha confirmado su decisión de seguir instruyendo el caso de Yassine Kanjaa, el presunto yihadista que el pasado enero protagonizó un ataque en Algeciras (Cádiz) que se saldó con la muerte de un sacristán y con varios heridos.
Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press señalan que el magistrado ha rechazado de nuevo la petición de la defensa que pidió que corrigiera su decisión inicial y acordara enviar la causa a los juzgados de la localidad gaditana, al entender que son los competentes porque no se trata de un caso de terrorismo sino de un delito común.
Fue el pasado 13 de abril cuando trascendió que la defensa de Yassine Kanjaa había presentado un recurso de reforma para insistir en que la investigación debía abordarse desde el punto de vista de los problemas psiquiátricos de Kanjaa, que el informe pericial de la propia Audiencia Nacional acreditó de manera preliminar.
Pero el magistrado considera, según estas fuentes, que dado que ese informe es provisional sería prematuro adoptar decisiones basándose en él y que afectaran a la imputabilidad o no del investigado.
Ahora, ante esta nueva negativa del magistrado, es probable que la defensa opte por elevar el asunto, por medio de un recurso de apelación, a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que tendrá la última palabra al respecto.
Trastorno delirante
Cabe recordar que el examen realizado por los médicos reveló que la sintomatología que presenta Kanjaa es compatible con un trastorno delirante, lo que hacía recomendable su internamiento en una unidad psiquiátrica dependiente de Instituciones Penitenciarias a la espera de nueva valoración.
Para la defensa, ese trastorno delirante no solo podría considerarse una circunstancia eximente --que le liberaría de responsabilidad penal--, sino que indicaría que no cometió el ataque con la intención de llevar a cabo un acto terrorista, por lo que no encajaría en ese tipo delictivo.
La defensa ya planteó esa tesis y el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción Número 6 la rechazó al apreciar "fines terroristas" en el atentado del 25 de enero, tratándose con ello de delitos cuya investigación compete en exclusiva a la Audiencia Nacional.
Además, la defensa --ahora en manos del despacho García Peña & Andújar-- alegaba que era poco probable que en tan solo un mes una persona pudiera radicalizarse y convertirse en un fanático hasta el punto de transformarse en un terrorista.
Kanjaa se encuentra desde primeros de abril en el centro psiquiátrico penitenciario de Sevilla, tal y como ordenó el juez instructor, siguiendo de esta forma el criterio marcado por los médicos de la Audiencia Nacional, a quienes pidió opinión para determinar si Kanjaa era imputable o no.
El centro psiquiátrico pidió la semana pasada al juez que aclarara qué deben hacer con Kanjaa: limitarse a internarlo, prestarle tratamiento o elaborar informe pericial. Gadea, por su parte, remitió la consulta a los médicos de la Audiencia Nacional para que señalaran la opción más conveniente, de acuerdo con las citadas fuentes.
Los hechos del 25 de enero
El magistrado de refuerzo decretó el pasado 30 de enero, tras escuchar al presunto yihadista, prisión provisional sin fianza y le atribuyó los delitos de asesinato y lesiones con fines terroristas, que --advirtió-- podrían conllevar la prisión permanente revisable.
En su resolución, el juez indicaba que la actividad desarrollada por Kanjaa se podía calificar como un ataque yihadista dirigido tanto contra sacerdotes que profesan la fe de la Iglesia Católica como contra musulmanes que para el investigado no siguen los preceptos del Corán.
El presunto yihadista, de 25 años y origen marroquí, perpetró un ataque en dos iglesias de Algeciras acabando con la vida del sacristán Diego Valencia y dejando heridas a varias personas.
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