Las trabajadoras del Servicio de Información de las Oficinas de Turismo de Cádiz capital han sufrido un traspiés judicial al desestimarse su denuncia contra el Ayuntamiento y la empresa concesionaria del mismo, Manpower Group Solutions, por presunta cesión ilegal de las mismas.
Se trata de un servicio que en el año 2006 dejó de estar en manos directas del Consistorio para pasar a gestionarse de forma externa al mismo, mediante la cesión del servicio a una empresa que a su vez subcontrata a los empleados.
Tras la llegada de José María González a la Alcaldía, en el año 2015, el equipo de Gobierno formado de Por Cádiz Sí se Puede y Ganar Cádiz en Común, decidió iniciar un proceso de municipalización de los servicios públicos, entre ellos el de Información Turística. Pero en este caso el proceso por distintos motivos no salió adelante, mientras que las trabajadoras del servicio denunciaron su situación de precariedad laboral a la que eran sometidas por la empresa concesionaria, Manpower Group Solutions, al tiempo que tampoco se mostraron de acuerdo con el proceso de municipalización iniciado por el gobierno local.
El 30 de enero de 2018, siete empleadas interpusieron una denuncia ante la Inspección de Trabajo contra el Consistorio y Manpower alegando la existencia de cesión ilegal de trabajadores.
Y el 26 del mismo mes, una de las trabajadoras interpuso una denuncia admitida a trámite por el Juzgado de lo Social número 1 de Cádiz en reconocimiento de cesión ilegal de trabajadores y abono de cantidad, interesando de manera subsidiaria el derecho de la trabajadora a ser subrogada en la nueva adjudicataria del servicios con inclusión de la demandante en el pliego de condiciones que se publique.
Días atrás, el Juzgado de lo Social emitió una sentencia, a la que accedido este medio y en la que cabe recursode suplicación ante ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de Andalucía.
La sentencia concluye que tras el juicio “no resulta acreditado la existencia de un supuesto de cesión ilegal… resultando plenamente acreditado que por Manpower Group Solutions se ha puesto en juego su organización productiva y su gestión empresarial, sin que por la parte actora se aportase documental alguna de las relaciones laborales intermediadas por medio de ETT que se recogen en la vida laboral, no pudiendo entenderse sin más que las funciones desarrolladas por la actora en tales periodos fuesen similares que las desarrolladas posteriormente en virtud de contrato de trabajo temporal para la empresa demandada”.
Por todo ello, se procede a la “la desestimación de la demanda en cuanto a la petición principal declarativa de cesión ilegal, y en consecuencia en cuanto a la petición de reclamación de cantidad por diferencias salariales, sin perjuicio por la parte actora de entender que las retribuciones que percibe no se corresponden con la categoría profesional verdaderamente desarrollada”.
El auto emitido también desestima “la pretensión ejercitada con carácter subsidiario en cuanto a que se le reconozca el derecho a ser subrogada por la nueva empresa que resulte ser adjudicataria del servicio, al no constar que se haya resuelto nueva licitación”.
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