El Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Cádiz ha dictado sentencia de fecha 30/03/17 por la que estima íntegramente la demanda interpuesta y declara la nulidad de la cláusula suelo a una gaditana ama de casa que compró su vivienda en 2007, representada por el letrado José Luis Ortiz.
El Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Cádiz, "establece que la carga de probar la superación del control de transparencia ha de recaer en la entidad bancaria, sobre la base, de un lado, de criterios de mayor facilidad probatoria".
La sentencia condena a la entidad demandada a restituir a la demandante todas las cantidades indebidamente cobradas por la aplicación de la cláusula suelo declarada nula, desde la primera aplicación de la cláusula tras la formalización del préstamo, con imposición de las costas al Banco Popular "por su actitud renuente y pertinaz a reconocer lo que ya hoy en día es una realidad incontestable: que las clausulas suelos deben ser retiradas de los préstamos hipotecarios de la Banca", tal y como informa el Bufete Ortiz Abogados.
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