Así lo indica el Ministerio de Trabajo e Inmigración en un comunicado en el que explica que las solicitudes para que los padres puedan tener acceso a la prestación están disponibles en la página web de la Seguridad Social www.seg-social.es.
El Ministerio señala que la Ley General de la Seguridad Social y el Estatuto de los Trabajadores ya establecen los principios por los que ha de reconocerse esta nueva prestación que precisa de la aprobación de un Reglamento para determinar el concepto de enfermedad grave.
El hecho de que esté vigente desde el pasado 1 de enero garantiza, según el departamento dirigido por Valeriano Gómez, el cobro del subsidio desde la fecha de la solicitud, siempre que ésta se ajuste a lo requerido en la ley y a sus normas de desarrollo.
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