El alcalde de Cádiz, José María González, ha firmado un bando en el que, ante la proximidad de las fiestas navideñas, dispone los requisitos que deben cumplir las personas promotoras de los tradicionales cotillones, así como el plazo de presentación de solicitudes para obtener autorización municipal para su celebración, el cual expira el próximo 10 de diciembre. Asimismo, el bando señala que todo queda supeditado a las normas que las autoridades sanitarias competentes dicten con motivo del Covid-19.
El objetivo de este bando municipal es compatibilizar dicha actividad de ocio, habitual tanto en Fin de Año como en Navidad, con el respeto y consideración al descanso de los vecinos y vecinas de Cádiz, conforme a lo dispuesto en la legislación aplicable en la materia.
Quedan exceptuadas de la necesidad de obtener autorización municipal previa y extraordinaria los cotillones que se celebren en establecimientos que cuenten con autorización para el desarrollo de la actividad de “sala de fiestas”, “salón de celebraciones”, “teatros” y “auditorios”, siempre que se realicen bajo los requisitos y límites de la misma, no se alteren las condiciones técnicas, ni haya una distribución distinta del espacio.
Según recoge el bando, quedan sujetos a la obtención de autorización municipal previa como actividad extraordinaria los cotillones que se celebren en establecimientos autorizados para el desarrollo de otra actividad, sean o no de espectáculos públicos y actividades recreativas; así como aquellos que se celebren en establecimientos que cuenten con autorización para el desarrollo de la actividad de “sala de fiesta”, “salón de celebraciones”, “teatros y auditorios” en el supuesto en el que la persona promotora del evento sea distinta del titular de la licencia.
Quienes deseen organizar los cotillones quedan obligados a presentar la solicitud acompañada de la documentación necesaria, como es la autorización del titular de la licencia; la copia autenticada de la póliza y recibo acreditativo del abono de primas de seguro de responsabilidad civil, en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, adecuado al aforo previsto.
En caso de que el aforo sea superior a 750 personas, será necesaria también copia autenticada de contrato con la empresa de seguridad autorizada e inscrita por el Ministerio del Interior. Y en caso de preverse el montaje de instalaciones adicionales, como escenarios, torretas de sonido o iluminación, carpas o estructuras similares, se deberá presentar el proyecto de instalación así como certificado de seguridad y solidez del establecimiento.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido hasta el 10 de diciembre, o con la documentación incompleta, no serán admitidas a trámite y se entenderán desestimadas, según recoge el bando. Asimismo, advierte de que la celebración de cotillones sin la pertinente autorización municipal queda prohibida, dando lugar a su inmediata suspensión sin perjuicio de la imposición, en su caso, de las sanciones que fueran procedentes conforme a lo dispuesto en la normativa de aplicación.
Por último, el texto recalca que “todo lo anterior queda supeditado a las normas que la Junta de Andalucía dicte con motivo del Covid-19”.
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