A partir de la aprobación definitiva de la nueva ordenanza, las personas con movilidad reducida, a causa de una discapacidad motórica, pueden solicitar al Ayuntamiento una plaza individualizada, que sólo podrá ser utilizada por el vehículo del solicitante, cuya matrícula figurará en la placa correspondiente que indica el tipo de aparcamiento. Estas plazas serán además de mayor tamaño, para facilitar que, por ejemplo, los vehículos que transportan sillas de ruedas puedan desplegar la rampa, explicó Torres.
Entre los requisitos para formalizar las solicitudes figuran disponer de la tarjeta que concede la Junta de Andalucía en este tipo de casos, tener al menos un 75 por ciento de discapacidad y al menos 7 puntos en la evaluación de movilidad reducida. Los solicitantes habrán de carecer de plaza de aparcamiento en propiedad o en alquiler.
Las ordenanzas también contemplan la posibilidad de que sea el Ayuntamiento u otra entidad pública o privada ante el organismo municipal quienes tomen la iniciativa de habilitar las plazas de tipo genérico.
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