El TJUE opina que el IRPH de las hipotecas es poco transparente

Publicado: 12/09/2019
El abogado comunitario da pie a que los jueces declaren las hipotecas nulas y comiencen a reclamar devoluciones a los bancos, que intentarían alcanzar acuerdos
Un millón de ciudadanos españoles que tienen sus hipotecas vinculadas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) podrían recuperar entre 2.000 y 3.000 euros de media por año si prospera la opinión del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Maciej Szpunar, que considera este concepto abusivo y falto de transparencia, tal y como ocurrió en su día con las cláusulas suelo. Aunque de momento no hay sentencia, todo apunta a que los bancos tendrán que comenzar a devolver estas cantidades a sus clientes, que ya comienzan a temerse propuestas de cobro o compensación poco claras y engañosas.

La justicia europea debe aún establecer aún formalmente si estas hipotecas son, efectivamente, abusivas, ya que de momento lo único que pesa en este sentido es una opinión y no una sentencia tras el recurso presentado por los usuarios; una lucha que en gran medida nació en Arcos de la mano de la profesora Toñi Tirado, que llevó la causa a todo el territorio nacional. Para llamar la atención del caso, incluso llegó a posar para la desaparecida revista Interviú. 
En todo caso, el abogado del TJUE abre la puerta para que sus colegas vean que los contratos hipotecarios son abusivos y, a tal efecto, las entidades bancarias comiencen a devolver las cantidades reclamadas, las cuales podrían sumar unos 45.000 millones de euros a simple vista.
Lo que debe aclarar el Tribunal de Justicia de la UE es si los contratos hipotecarios con IRPH son transparentes en sus cláusulas, cosa que también tendrán que dirimir los jueces españoles.

De eliminarse el IRPH de las hipotecas por parte de la justicia europea, habría que agradecerlo en gran medida al magistrado del Tribunal Supremo de Justicia Javier Orduña, que discrepó de la sentencia emitida en 2017 en contra de los clientes de los bancos. Asimismo, en el caso de un cliente catalán que llegó al Juzgado 38 de Barcelona, el juez elevó una prejudicial al TJUE, al que preguntó qué hacer ante las discrepancias del Supremo de España. Ahora, el TJUE contesta.

Un artículo comunitario que no se aplica en España dice que  las cláusulas que afectan al precio y al dinero no se pueden someter a un control de contenido, sino de trasparencia.

Los afectados están ya alerta y esperan que las presiones de sus respectivas entidades ante posibles ofertas de acuerdo no se consuman. Sólo piden que se les devuelva lo supuestamente cobrado de forma torticera y poco transparente. La lucha continúa...

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