Andalucía

Condena: el robot de Lidl es un plagio de la Thermomix, tendrá que retirarlo e indemnizar

La cadena supermercados tendrá que indemnizar a Thermomix por los daños y perjuicios causados

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  • El 'Monsieur Cuisine Connect'. -
  • El Juzgado concluye que la máquina comercializada por Lidl «reproduce todas y cada una de las características» de la patente de Vorwerk
  • Deberá retirar del mercado todos los ejemplares «que se encuentren en su poder y en el de sus distribuidores»

El Juzgado Mercantil 5 de Barcelona ha condenado a Lidl por comercializar un robot de cocina que infringe los derechos de patente de la máquina Thermomix, y le impone indemnizar al creador de la máquina y retirar del mercado todos sus robots de cocina 'Monsieur Cuisine Connect', de la marca Silvercrest.

La sentencia, consultada por Europa Press, detalla que la cantidad de la indemnización a Vorwerk, titular de la patente de Thermomix, se fijará en la fase de ejecución de la sentencia, una vez esta sea firme, y la titular de la patente reclamó en el juicio una indemnización equivalente al 10% de las ventas de la máquina comercializada por Lidl.

Así, el juez estima la demanda de Vorwerk contra Lidl por los derechos de la patente, tras analizar los informes de peritos de ambas empresas, que han contrapuesto argumentos sobre si la patente de Thermomix incorporó novedades suficientes respecto a otros robots de cocina anteriores.

El Juzgado concluye que la máquina comercializada por Lidl "reproduce todas y cada una de las características» de la patente de Vorwerk, por lo que infringido la Ley de Patentes".

Por su parte, Lidl argumentó que su producto no infringe los derechos de patente de Thermomix, y pidió al Juzgado anular la patente porque consideraba que hay «falta de novedad» respecto a máquinas similares comercializadas antes que esta, algo que el juez ha desestimado.

Destruir el material

Lidl puede recurrir el fallo en apelación, pero «debe atender todos los extremos de la condena» y si no lo hace, Vorwerk puede pedir la ejecución provisional de la sentencia a falta de cuantificar las indemnizaciones por daños y perjuicios, ha detallado el TSJC.

Además de la indemnización por daños y perjuicios, la sentencia impone a Lidl la prohibición de importar, almacenar, ofrecer y comercializar estos robots de cocina.

Deberá retirar del mercado todos los ejemplares «que se encuentren en su poder y en el de sus distribuidores, así como todos los documentos comerciales, material publicitario y promocional u otros documentos en los que se reproduzca ese producto, incluido Internet», que deberá destruir; prohíbe, en adelante, importar, almacenar y vender la máquina, y deberá pagar las costas del juicio.

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