La pasividad ante el ruido también se penaliza

Publicado: 19/11/2009
El Ayuntamiento de Sevilla ha sido condenado a pagar 15.000 euros a un matrimonio por su pasividad durante tres años ante las numerosas denuncias por los ruidos que causaban de madrugada los congeladores, aparatos de aire acondicionado y carros de reposición de un supermercado.
El Ayuntamiento de Sevilla ha sido condenado a pagar 15.000 euros a un matrimonio por su pasividad durante tres años ante las numerosas denuncias por los ruidos que causaban de madrugada los congeladores, aparatos de aire acondicionado y carros de reposición de un supermercado.

La sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Sevilla, a la que ha tenido acceso Efe, explica que el supermercado DIA situado en una céntrica avenida de la ciudad funcionó sin licencia de apertura entre diciembre de 2002 y abril de 2005, periodo durante el cual el Ayuntamiento, ante las numerosas quejas vecinales, solo le impuso una multa de 450,76 euros.

La asociación Juristas contra el Ruido, que presentó la demanda, ha explicado a Efe que la sentencia acuerda indemnizar al matrimonio por sus problemas de insomnio y falta de concentración, junto a otros aspectos "difíciles de cuantificar como el malestar, la desesperación e impotencia ante una situación como la descrita", según la jueza.

Mediciones de la propia Policía Local certificaron que al dormitorio de los afectados llegaban ruidos que superaban el máximo autorizado, por lo que la jueza considera que se violentó su "derecho fundamental a la integridad física y moral, así como a la intimidad personal y familiar".

Dice la jueza que "llama la atención" de que, pese a carecer de licencia de apertura y haber recibido numerosas quejas vecinales desde noviembre de 2003, el Ayuntamiento permitió que continuara la actividad del local hasta mayo de 2005.

En abril de 2006 volvió a abrir y fue clausurado en mayo, en octubre de 2006 obtuvo una nueva licencia inicial y no fue hasta mayo de 2009 cuando el supermercado logró por primera vez licencia de apertura gracias a unas medidas correctoras que aparentemente han solucionado el problema de ruidos "con un simple cambio de ruedas", según la sentencia.

El Ayuntamiento sevillano alegó que en diferentes ocasiones requirió al comercio para que solucionara los ruidos y vibraciones, pero la jueza responde que "no basta con la realización de actuaciones esporádicas", sino que los actos de la Administración "deben ser suficientes para paliar el problema planteado".

Al menos desde noviembre de 2003 los demandantes denunciaron en numerosas ocasiones los ruidos procedentes de las máquinas de aire acondicionado, congeladores y carros de reposición, a lo que el Ayuntamiento se limitó a requerir al supermercado para que eliminara las molestias pero tales medidas "nunca tuvieron lugar".

Por ello, la sentencia impone al Ayuntamiento el pago de 7.500 euros de indemnización a cada uno de los dos afectados por los trastornos de ansiedad sufridos, problemas de conciliación del sueño y falta de concentración, que llegaron a ocasionarles bajas laborales.

Juristas contra el Ruido ha asegurado a Efe que la única actividad municipal fue imponer una multa "ciertamente insignificante para una empresa de ese volumen" y permitió que el supermercado siguiese funcionando "persistiendo exactamente igual el problema existente".

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