Sevilla

Le piden seis meses de cárcel por una falsa alarma de un incendio en Sevilla

La Audiencia de Sevilla ha confirmado el procesamiento de un hombre por un delito de falsa alarma por alertar al 112 de un falso incendio en el mes de mayo

Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
  • Audiencia de Sevilla. -

La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado el procesamiento de un hombre al que la Fiscalía acusa de un delito de falsa alarma por alertar al 112 de un incendio inexistente en un barrio de la capital en mayo, durante el primer estado de alarma, un hecho por el que pide seis meses de cárcel.


La actuación del procesado provocó la movilización de dotaciones de la Policía Nacional, los bomberos y emergencias sanitarias.

Según ha informado la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Sección Primera de la Audiencia sevillana ha ratificado íntegramente el auto del Juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla que acordó continuar por los trámites del procedimiento abreviado la causa seguida contra F.P.V.

En un auto dictado el 26 de octubre, el tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por el investigado contra la decisión adoptada por el instructor, en el que alegó falta de motivación.

El tribunal señala que la imputación se sustenta en las diligencias de investigación efectuadas por la Brigada de Información de la Policía Nacional, junto con las que se aportan grabaciones "que ponen de manifiesto la existencia de indicios" de que el acusado "pudo intervenir en la llamada efectuada al Servicio de Emergencias 112".

En ella avisaba de un incendio en un barrio de la periferia que, "por las circunstancias que se indicaban en cuanto su posible incidencia sobre personas, iba a provocar, tal como sucedió, la intervención urgente de los recursos públicos".

La Sección Primera recuerda que el artículo 561 del Código Penal, referido al delito de falsa alarma, establece la pena que puede imponerse a quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro como consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de Policía, asistencia o salvamento.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN