El 49,9 por ciento de los autónomos andaluces han solicitado la prestación extraordinaria por cese de actividad y las mutuas han abonado ya más de 450 millones
El 49,9 por ciento de los autónomos andaluces han solicitado la prestación extraordinaria por cese de actividad y las mutuas han abonado ya más de 450 millones de euros a los trabajadores por cuenta propia de esta comunidad, con una prestación media de 838 euros.
Según los datos difundidos este miércoles por el sector de Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, el 97,62 por ciento de las solicitudes han sido reconocidas.
El tercer pago, realizado el pasado día 29 de mayo, ha supuesto un desembolso en Andalucía de 213,39 millones de euros, que sumados a los anteriores pagos alcanzan un total de 450,65 millones.
En total, en Andalucía son ya 254.632 los beneficiarios de esta ayuda, lo que supone el 97,62 por ciento del total de solicitudes recibidas.
En cuanto a la tipología de las prestaciones, 140.894 solicitudes (el 55 %) han sido reconocidas por cese absoluto de actividad, mientras que 113.738 (el 45 %) lo han sido por haber alegado una reducción del 75 % de sus ingresos.
La prestación media mensual se sitúa en Andalucía en 838 euros, por debajo de los 897 euros de media a nivel nacional.
A nivel nacional, el desembolso estimado de esta prestación extraordinaria para finales de junio podría alcanzar los casi 4.000 millones de euros.
Esta prestación extraordinaria está destinada a los trabajadores autónomos que han tenido que suspender su negocio o que han visto reducida su actividad en, al menos, un 75 % en comparación con el mes natural anterior.
La referencia para hacer el cálculo será la media de facturación del semestre anterior, salvo para aquellos autónomos vinculados a actividades estacionales, como los acogidos al régimen del mar o el sector agrario, así como los que se dedican al espectáculo, para los que el cálculo se ha ajustado a sus características propias.
Para acceder a esta prestación, los autónomos deben acreditar la bajada de facturación con información contable que lo justifique, presentando la copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas, del libro diario de ingresos y gastos, del libro registro de ventas e ingresos o del libro de compras y gastos.
Para los autónomos que cotizan por módulos, y no tienen obligación de contar con estos documentos porque no emiten facturas, pueden acreditar esa reducción mediante cualquier medio de prueba admitido a derecho.