Los artículos del decreto de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía que ha recurrido el Gobierno
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) tiene previsto suspender de forma provisional el miércoles próximo los artículos del decreto de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía que ha recurrido el Gobierno de España.
Fuentes del TC han informado de que el tribunal ha incluido en el orden del día de su sesión plenaria del miércoles la admisión a trámite de este recurso contra dicho decreto de la Junta de Andalucía, en el que el Ejecutivo nacional invoca que procede la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, que supone la suspensión automática de la resolución recurrida.
Este precepto establece que "el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas" y añade que "la impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses".
Según el Gobierno la Junta de Andalucía invade por la vía extraordinaria del decreto ley competencias estatales en materias relativas a la comunicación audiovisual y de defensa del patrimonio cultural.
En concreto el Ejecutivo entiende que puede existir una vulneración de la competencia estatal sobre la defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación.
Estima que la redacción del artículo 13 recogida en el decreto-ley, en la que se exime de autorización previa administrativa y comunicación a la consejería competente de determinadas obras sobre bienes de interés cultural y su entorno, vulnera la competencia estatal en defensa de los bienes culturales contra la expoliación establecida en la Constitución.
El Ejecutivo subraya que el propio Tribunal Constitucional ha establecido en su doctrina que corresponde al Estado fijar los estándares mínimos de protección de los bienes culturales.
El Gobierno también entiende que existe una vulneración de la normativa estatal en el régimen regulador de las emisoras sin título habilitante o licencia, y en relación con la emisión en cadena y su conexión con entidades privadas no autorizadas.
Según el Ejecutivo central, el decreto de la Junta de Andalucía modifica una "multiplicidad de normas heterogéneas" por una vía extraordinaria y urgente que "limita la tramitación y participación social" en dicha modificación, sin disponer en todos los casos de título habilitante para ello.