Algeciras apunta al cliente de la prostitución con multas

El Puerto contempló sanciones económicas también a quienes ofrecieran servicios sexuales hasta 2018

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El Ayuntamiento de Algeciras es el único que cuenta en la provincia con una ordenanza expresa contra la prostitución y la trata con fines de explotación sexual que pone en el punto de mira al cliente. En el artículo 14, la normativa “prohíbe solicitar, negociar o aceptar, directa o indirectamente, servicios sexuales retribuidos” en espacios públicos o privados, si afectan negativamente a la convivencia. Y establece sanciones graves, con multas de entre 750 y 1.500 euros, o entre 1.500 y 3.000, en el caso de que las infracciones se cometan en espacios situados a menos de doscientos metros de distancia de centros docentes o educativos u otros espacios con afluencia de público infantil y/o juvenil y en lugares o alrededores con gran afluencia de público como pueder cualquier acto público de naturaleza cultural, festiva, lúdica o deportiva. En la exposición de motivos, el documento, rubricado por Jacinto Muñoz (PP) como responsable de Seguridad Ciudadana, señala que “la mujer en situación de prostitución ha de tener la consideración de víctima, ya que la prostitución es una forma extrema de violencia de género”. “En este contexto -añade- es donde hay que considerar como beneficiarios de la explotación sexual al proxeneta y al cliente. Por ello, se sanciona la demanda de servicios sexuales, favorecimiento, promoción de estas conductas, y nunca el ofrecimiento por parte de la víctima”.

Algeciras ha sido, por lo tanto, pionera en seguir la recomendación de la Fiscalía General del Estado, que en su Memoria Anual de 2018, también propone castigar a proxenetas y clientes. El Ministerio Público defiende que “solo tipificando todas las manifestaciones del proxenetismo se vislumbrará el inicio del camino que conduzca a cabar con la trata de mujeres para ser esclavizadas en la prostitución”. Y comparte, asimismo, la recomendación de la Comisión Europea en la que se anima a los Estados miembros a la tipificación penal de los que “conscientemente de aprovechan de los servicios prestados por las víctimas de trata”. En España, Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, sólo multa al cliente en caso de que solicite o acepte los servicios en las proximidades de lugares destinados a su uso por menores o puedan generar un riesgo para la seguridad vial.  

El Puerto, por su parte, mantuvo vigente desde 2012 y hasta 2018 la Ordenanza de Medidas para fomentar y garantizar la convivencia en el espacio público que, a diferencia de Algeciras, no sólo prohibía solicitar, negociar o captar servicios sexuales retribuidos en el espacio público, sino también sancionaba el ofrecimiento. La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, con Talía Ardana al frente, emprendió una campaña contra esta normativa “porque criminalizaba a las mujeres”. El Ayuntamiento consiguió lo que se proponía con esta normativa, acabar con la práctica en los alrededores del Estadio El Cuvillo, en la zona de Valdelagrana, y la zona del Barrio Alto, alrededores de la estación de tren, calles Larga, Espíritu Santo y calle La Rosa. Pero no ofreció alternativas a las prostitutas para abandonar su actividad, lamenta Ardana: “La mayoría siguió prostituyéndose, aunque en condiciones más precarias”. 

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