Correos hace 736 contratos de refuerzo en Andalucía para elecciones

Publicado: 25/09/2019
Ha llevado a formalizar 4.050 contratos de refuerzo, de los cuales 736 corresponderán a Andalucía, el 18,17% del total nacional
Correos ha adoptado las medidas organizativas para afrontar las actividades relacionadas con los procesos electorales y el voto por correo para las Elecciones Generales del 10 de noviembre, que le ha llevado a formalizar 4.050 contratos de refuerzo, de los cuales 736 corresponderán a Andalucía, el 18,17% del total nacional.

Los contratos de refuerzo se encaminan, según ha explicado Correos a través de una nota, a las funciones de reparto y a la atención a los ciudadanos en las oficinas, que le permitirán garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones de servicio público que le son encomendadas durante los procesos electorales por ser el operador designado por el Estado para prestar el Servicio Postal Universal.

La gestión del voto por correo incluye la admisión de las solicitudes, su entrega en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, la entrega en mano de la documentación electoral remitida por el Censo a los solicitantes, así como la admisión del voto por correo y su custodia en las oficinas de destino hasta su entrega durante la jornada electoral en las mesas electorales correspondientes.

La colaboración de Correos con las Elecciones Generales se extiende también al reparto de las tarjetas censales y a los envíos de propaganda electoral, además de las comunicaciones a miembros de las Mesas Electorales, el envío a los Ayuntamientos de la lista del censo, o la recogida de documentación el día de las elecciones.

Los ciudadanos que quieran votar por correo en las Elecciones Generales pueden solicitar hasta el día 31 de octubre en cualquier oficina de Correos de España, el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral. El certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.

La solicitud debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad -acreditada mediante certificación médica oficial-, que le impida la formulación personal de dicha petición, en que podrá ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales.

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