Andalucía registró un total de 76 huelgas durante todo el pasado año 2018, dos menos que en 2017, en las que participaron hasta 14.119 trabajadores, lo que supone 3.114 más que en el año anterior, según datos oficiales del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social consultados por Europa Press.
Además, en Andalucía se contabilizaron un total de 25.545 jornadas no trabajadas por las huelgas, que son 10.792 menos que en 2017, según la misma estadística, que el Ministerio de Trabajo realiza a partir de los cuestionarios que cumplimentan, para cada una de las huelgas o cierres empresariales, las unidades administrativas competentes de las comunidades autónomas y el propio ministerio.
En números absolutos, Andalucía, con sus 76, es la cuarta comunidad autónoma en la que más huelgas se registraron en 2018, sólo superada por el País Vasco (224), la Comunidad de Madrid (140), y Cataluña (108), y por delante de Galicia (66).
En cambio, la andaluza fue la quinta comunidad en número de trabajadores participantes en las huelgas --un total de 14.119--, situándose por detrás de la Comunidad de Madrid (2.431.085), Cataluña (308.545), Asturias (59.042) y el País Vasco (46.630), y por delante, de nuevo, de Galicia (13.426).
Por provincias, la andaluza que se vio afectada por más huelgas es Sevilla, con 39, seguida de Málaga (26), Cádiz (23), Granada (21), Almería (15), Córdoba y Huelva --ambas con 12 cada una-- y Jaén (11). La suma de estas cifras no coincide con la total de la comunidad porque a cada provincia se le asignan, además de los resultados de las huelgas cuyo ámbito territorial haya sido dicha provincia, la repercusión que en la misma hayan tenido las huelgas de su comunidad autónoma y nacionales.
La unidad huelga, objeto de la estadística, se asocia a la unidad de convocatoria, independientemente de su ámbito territorial, sectorial y temporal, así como de su carácter continuo o discontinuo, según detalla el Ministerio.
La información ofrecida se refiere a todas las huelgas y cierres patronales de los que se ha tenido conocimiento, exista o no constancia administrativa previa de su convocatoria, excepto las que no implican jornadas no trabajadas, como las llamadas huelgas de celo; las de duración inferior a una hora, las que se refieren a actividades convencionalmente no productivas --como las huelgas de estudiantes--, y las que afectan a colectivos sin derecho a huelga, como el personal militar y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
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