El abogado José Manuel Herrera, que defiende al exconsejero de Empleo José Antonio Viera en el juicio que celebra la Audiencia de Sevilla contra 21 ex altos cargos de la Junta acusados de prevaricación y malversación por el procedimiento específico por el que se concedían las ayudas de los expedientes de regulación de empleo (ERE) presuntamente irregulares, ha alertado del "laberinto procesal" creado por la Fiscalía en la causa con múltiples procedimientos que "ha impedido el derecho de defensa" y que ha tenido "el fin ilegítimo de asegurarse un resultado de acuerdo con su escrito de acusación", esto es, la condena de los encausados.
Así lo ha expuesto este jueves el letrado en su informe final, en el que ha vuelto a insistir en la falta de concreción en los escritos de la acusación sobre la participación en los hechos por parte de Viera, que se enfrenta a ocho años de prisión y 30 de inhabilitación, así como en la indefensión generada. Ha recordado que la división de la causa en distintas piezas, entre ellas la del procedimiento específico, tenía un propósito de facilitar la defensa, pero "no existe concreción" y además los acusados, entre ellos Viera, "están implicados en más de una pieza lo que supone un doble enjuiciamiento por los mismos hechos".
En este punto, ha puesto de manifiesto la "contradicción" existente entre el criterio de este tribunal de la Sección Primera, presidido por el magistrado Juan Antonio Calle, expresado en el auto de 9 de febrero de 2018 por el que resolvía las cuestiones previas planteadas en este juicio y rechazaba la petición de la Fiscalía de un pronunciamiento objetivo sobre la delimitación del objeto de enjuiciamiento de esta causa. Entonces, esta Sala señaló que no era objeto de esta causa las ayudas concretas que se investigan en las piezas separadas.
Frente a esto, la Sección Séptima de la propia Audiencia está excluyendo a altos cargos de otras piezas por la vulneración del principio 'non bis in ídem', para que no sean juzgados dos veces por los mismos hechos, pues en esta causa están siendo juzgados los ex altos cargos por la malversación respecto a las ayudas concedidas.
Por ello, a juicio del abogado, "teníamos razón la Fiscalía y algunas defensas cuando decíamos que no estaba el objeto de este procedimiento debidamente delimitado", por lo que "quizás hubiera tenido que haber sido estimado la cuestión previa planteada por el Ministerio Público por este tribunal".
Además, para continuar con la alegación de indefensión, Herrera ha insistido en que para defenderse de la malversación había que traer al juicio a los 6.000 beneficiarios de las ayudas de os ERE como partícipes a título lucrativo y así poder concretar la cuantía malversada y la cuantía legítimamente destinada a tal fin, así como las supuestas "distracciones" de los fondos.
Por ello, considera que "el laberinto procesal" generado por la Fiscalía "ha impedido el derecho de defensa" y ha tenido "el fin ilegítimo de asegurarse un resultado de acuerdo al escrito de acusación", al tiempo que ha afirmado que existe "un fraude procesal" desarrollado y acabado con este juicio según el planteamiento inicial del Ministerio Público de acusar de malversación a los ex altos cargos en esta pieza y el resto de éstas. A este respecto, ha añadido que se ha trazado "una tela de araña" a través de múltiples piezas cuyos objetos de enjuiciamiento no están definidos, en la que están inmersos los encausados y que causa indefensión".
VIERA "NO HA INCURRIDO" EN CONDUCTAS DE PREVARICACIÓN
Para el abogado, ha quedado acreditado que Viera y otros acusados "no han incurrido" en conductas de prevaricación. Si bien, a este respecto y como ya planteara en sus cuestiones previas, la defensa del exconsejero ha expuesto que este delito estaría prescrito para su cliente, consejero desde abril de 2000 hasta abril de 2004. "Si no se hubiera anclado el delito de prevaricación al delito de malversación, ambos en la categoría de continuado, a todas luces se habría superado con creces el plazo previsto para la prevaricación", pues Viera fue imputado por el Tribunal Supremo por auto de 13 de noviembre de 2014. En este sentido, ha indicado que la Fiscalía, con un relato "coral y genérico", no ha practicado prueba alguna que acredite la categoría de continuado de los delitos.
En este sentido, reprocha que se incluya en la malversación el montante total del programa presupuestario 31L con el que la Dirección General de Trabajo concedía las ayudas y que pagaba el Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), posterior Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), ente que a través de transferencias de financiación recibía los fondos del 31L. "No se ha acreditado la cuantía presuntamente malversada por ejercicio, como si todo fuese malversado, cuando se ha demostrado que no".
Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es