Andalucía

Núñez excluye a Guerrero de la pieza separada por ERE de Río Grande

La pieza separada que investiga la ayuda concedida por la Consejería de Empleo por el ERE de 2005 a la empresa sevillana

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  • María Núñez Bolaños. -

La juez de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, que instruye la causa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, ha acordado la exclusión del ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero "de oficio y por una cuestión de orden público" de la pieza separada que investiga la ayuda concedida por la Consejería de Empleo por el ERE de 2005 a la empresa sevillana Río Grande.

En un auto, de fecha de 21 de noviembre y al que ha tenido acceso Europa Press, la juez instructora recuerda que ya el pasado 13 de octubre se acordó apartar de esta pieza separada al exconsejero de Empleo José Antonio Viera "sobre la base de una cuestión de orden público, ya promovida, resuelta en otras diligencias y sobre la que se ha pronunciado" la Sección Séptima de la Audiencia Provincial referente a ex altos cargos acusados en el juicio por la pieza política de los ERE y en otras piezas separadas, en base al principio 'non bis in ídem', por el que una misma persona no puede ser juzgados por los mismos hechos dos veces.

En las resoluciones recientes de la Sección Séptima, según expone la juez instructora, se señala que con el dictado el día 31 de mayo de 2016 del auto de conclusión de la instrucción y apertura de la fase intermedia en las diligencias previas 6645/15 de la pieza del 'procedimiento específico' --actualmente se juzga en la Sección Primera contra 21 ex altos cargos de la Junta--, "se ha venido a agotar los hechos de relevancia penal apreciables en el caso ERE, de forma que dirigir nuevas causas contra quienes van a ser enjuiciados por su participación en la creación, impulso o mantenimiento de un procedimiento presuntamente 'ilegal', según acusaciones, implicaría la vulneración de su derecho fundamental a un juicio con las debidas garantías, ya que supondría su persecución penal por los mismos hechos en más de un enjuiciamiento.

Además, añade que el citado auto "recoge una serie de hechos que no sólo comprenden 'la ideación, diseño, organización, establecimiento y mantenimiento del sistema' o procedimiento de concesión presuntamente ilegal, sino que se extiende a la concesión o pago de las ayudas generadas con el sistema ideado y mantenido, denominado 'procedimiento específico', entre los años 2000 y 2011".

En esta pieza se investiga el expediente de regulación de empleo acometido en la empresa Río Grande en 2005. Así, el 15 de julio de este año se presentó en la Delegación de Empleo de Sevilla solicitud para instar la instrucción de un ERE para la extinción de doce puestos de trabajo de la empresa, solicitud realizada por Carmen García, administradora de Río Grande Sevilla S.L.

En la instancia se expone, entre otras cosas, que el número total de trabajadores de la empresa son 33, los afectados por el ERE son doce (11 hombres y 1 mujer), el número de centros de trabajo afectados es uno (Calle
Betis, s/n, en Sevilla). Las causas que se alegan para instar el ERE son "organizativas".

En la memoria explicativa sobre las causas que motivan el expediente se
describen unos resultados negativos de la empresa, especialmente en el año 2004, sin embargo estos datos difieren enormemente con la información aportada por la Agencia Tributaria, y declarados a través de su Impuesto de Sociedades, reflejándose en 2004 unos beneficios de 1.250.594,42 euros.

Entre los doce trabajadores afectados se encuentra María José de la Rosa, fallecida posteriormente, la cual fue contratada por la empresa el 5 de enero de 2005 y a menos de tres meses de cumplir los 65 años de edad. Cuando se solicita y se resuelve el ERE, esta persona ya tenía cumplida la edad de jubilación.

En el acuerdo alcanzado por la empresa y la representación de los trabajadores se expresa que la fórmula adoptada para el despido colectivo son las prejubilaciones y que la indemnización para los afectados por la extinción de los
contratos consistiría en un plan de rentas vitalicio propuesto por la empresa.

Finalmente, el 29 de julio de 2005 la Delegación Provincial de Empleo de Sevilla emite resolución al ERE, autorizando la extinción de doce contratos laborales de los 33 que componen la totalidad de la plantilla. En el mes de octubre se emiten cuatro pólizas (una de seguro de rentas de supervivencia y tres de capital diferido) por parte de la compañía aseguradora Personal Life y en la que figura como tomadora la empresa.

DOS BENEFICIARIAS INDEBIDAMENTE INCLUIDAS EN EL ERE

En el seguro de rentas de supervivencia figuran como asegurados un total de 13 personas, los doce extrabajadores incluidos en el ERE, entre ellos María José de la Rosa y una persona llamada María del Carmen Fontela, "la cual nunca había sido trabajadora de la empresa". Las otras tres pólizas de capital diferido se emiten en exclusiva para Carmen Fontela.

Por todo ello, según el auto de la juez Núñez, al que ha tenido acceso Europa Press, existen indicios suficientes como para considerar que Río Grande "no era una empresa en crisis". Sin embargo, la administradora "se beneficia de unas ayudas ahorrándose el pago a los trabajadores, a sabiendas de que no tiene derecho a ello y conociendo de la existencia de dos posibles intrusas".

"Existen, indiciariamente, dos personas indebidamente incluidas en el ERE. Una con conocimiento de Carmen García, quien la contrata tan sólo tres meses antes de cumplir la edad de jubilación y la incluye en la relación de trabajadores ya jubilada". La segunda persona incluida indebidamente, María del Carmen Fontela, "nunca había sido trabajadora de la empresa".

La inclusión de Carmen Fontela en el ERE de Río Grande "es idea de Juan Lanzas", exsindicalista y exconseguidor de ayudas de los ERE.

La inclusión de Carmen Fontela "sería la forma de obtener un beneficio económico para el Lanzas" a través de las pólizas, pues en tres de las cuatro firmadas aparece Fontela como única beneficiaria.

PAGOS CRUZADOS

No consta en las actuaciones documento alguno en la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), anterior Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), relacionado con el pago de esta ayuda. No existe convenio o resolución alguna, sólo un escrito firmado el 23 de noviembre de 2005 por el director general de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Javier Guerrero, comprometiéndose al pago de dos primas por la cantidad total de 1.328.185,92 euros.

Posteriormente se verifican tres pagos "cruzados", esto es, escritos de los ex directores generales, Francisco Javier Guerrero y Juan Márquez, por los que le señalan a las aseguradoras que destinen el dinero transferido para pólizas de otras empresas a las ayudas de Río Grande.

De otro lado, la juez vuelve a insistir en que Guerrero está siendo juzgado en la pieza del 'procedimiento específico', donde está acusado por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación, por "todos los pagos que en virtud del sistema ideado se realizaron".

"Lo hasta aquí señalado fundamenta, que de oficio y como cuestión de orden público, se acuerde el archivo de la causa --Pickman-- con respecto a Guerrero, a quien se trae a este causa por su condición de director general de Trabajo y, en todo caso, por su conocimiento y uso de este sistema para desviar fondos de modo discrecional y arbitrario, hechos que como ya ha indicado la Sección Séptima, son objeto de auto de apertura de procedimiento abreviado" de la pieza política de los ERE, concluye la juez Núñez.

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