La Fiscalía Anticorrupción ha continuado este martes con la lectura de su informe final en el juicio que celebra la Audiencia Provincial de Sevilla contra 21 ex altos cargos de la Junta por el procedimiento específico de concesión de las ayudas de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares y señalado que el exconsejero de Hacienda y expresidente, José Antonio Griñán, debió actuar ante las irregularidades detectadas por la Intervención General de la Junta en el sistema de concesión y pago de las citadas subvenciones.
Los representantes del Ministerio Público, durante la sesión de este martes del juicio, han comenzado a desgranar la actuación de cada uno de los acusados y su participación en los hechos juzgados durante el periodo investigado.
Así, el fiscal Manuel Fernández ha señalado que Griñán, acusado de presuntos delitos continuado de prevaricación y malversación y por los que se enfrenta a seis años de prisión y 30 de inhabilitación, como consejero de Hacienda era el destinatario previsto por la norma de los informes de Control Financiero Permanente del Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), posterior Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), con independencia de que el informe adicional del ejercicio de 2003 y conocido en 2005 le fuese remitido a través de su viceconsejera, la también acusada Carmen Martínez Aguayo.
Ese informe, elaborado tras el análisis por la Intervención de la Junta de una veintena de expedientes administrativos de concesión de ayudas, concluye, entre otras cuestiones, que la Dirección General de Trabajo estaba concediendo subvenciones prescindiendo del total y absoluto procedimiento legalmente establecido, la falta de control previo de las ayudas y el uso inadecuado de las transferencias de financiación para allegar fondos del programa presupuestario 31L, antes 22E, desde la Dirección General de Trabajo a IFA/IDEA para la materialización del pago.
Además, según la Fiscalía, Griñán como miembro del Consejo de Gobierno conoció la tramitación de los acuerdos anuales de Control Financiero Permanente que venían acompañado de las memorias de la Intervención de la Junta y en la que también se recogían algunos problemas derivados del uso de las transferencias de financiación en empresas públicas.
"No haber asistido al Consejo de Gobierno que aprobó el acuerdo para 2007, que tenía carácter permanente, no impide su desconocimiento de la materia", ha afirmado el fiscal.
Sobre lo que "pudo y debió" hacer Griñán, la Fiscalía ha hecho suyo lo declarado como testigo por el ex interventor general de la Junta Manuel Gómez Martínez ante el Tribunal Supremo en la causa especial de los ERE. Entonces, según ha expuesto el Ministerio Público, Gómez dijo que es "completamente erróneo" decir que al no existir informe de actuación ante las irregularidades detectadas en 2003 "no se podía actuar" por parte de los responsables de Hacienda o de otras consejerías.
"Hasta tres miembros del Consejo de Gobierno --Griñán y los exconsejeros de Empleo Antonio Fernández y de Innovación Francisco Vallejo, destinatarios de dicho informe adicional-- recibieron el informe que recogía circunstancias relevantes para tomar medidas", afirmó Gómez, que continuaba: "Lo del informe de actuación es una excusa".
A juicio del ex interventor, el consejero de Hacienda tiene el "control" de los fondos y "velar" por las arcas públicas. "Si se le advierte del déficit en IFA/IDEA no tiene que esperar otra advertencia para tomar medidas", dijo Gómez Martínez, quien defendió que su departamento emitía informes no tomaba decisiones.
"Ante el supuesto de irregularidades, la ley emplaza al consejero de Hacienda a tomar medidas y elevar los informes que contengan dicha irregularidades al Consejo de Gobierno para tomar medidas", señaló el ex interventor general en el Supremo.
"El consejero de Hacienda podía perfectamente ordenar la suspensión de los pagos; el consejero de Empleo bastaba con una orden verbal al director general de Trabajo para seguir con la tramitación de las ayudas; y el consejero de Innovación podía haber dado instrucción a IDEA para dejar de pagar", manifestó Gómez, según ha leído la Fiscalía.
Frente a la alegación de la defensa de Griñán de que la conducta del exconsejero y expresidente no fue constitutiva de un delito de malversación, la Fiscalía ha indicado que, entre la resolución del Tribunal Supremo en 2015 y el auto de apertura de procedimiento abreviado del 31 de mayo de 2016, el juez instructor Álvaro Martín llevó a cabo "numerosas diligencias" a este respecto.
Para la Fiscalía, los indicios han quedado "acreditado" en el plenario, haciendo referencia a dos párrafos del citado auto de 2016, en los que se señala que Griñán era "el responsable máximo" de la elaboración de los presupuestos y era "consciente de la vulneración grosera en la materia competente con la disponibilidad de los caudales contra leyes". Además, añade que "no nos encontramos con una omisión, sino con una conducta repetida en el tiempo del máximo responsable".