Almería

Estado dice que no han cambiado criterios radiológicos en Palomares

Ha variado con respecto a lo previsto en el plan de rehabilitación aprobado en 2010, pero niega que esto se deba a una modificación de los criterios

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  • Manuel Fraga. -

La Abogacía del Estado ha reconocido ante la Audiencia Nacional (AN) que el volumen de tierra contaminada con radioactividad a limpiar en la pedanía de Palomares, en el municipio de Cuevas del Almanzora (Almería), ha variado con respecto a lo previsto en el plan de rehabilitación aprobado en 2010 para la zona, pero niega que esto se deba a una modificación de los criterios radiológicos.

Precisa que se debe a que se "han modificado los escenarios, pero sin variar las dosis" de exposición de la población y sostiene que en el transcurso de este tiempo "se ha dispuesto de datos y medios para considerar situaciones más realistas frente a las estimaciones más conservadoras utilizados inicialmente", lo que, según señala, "incide en el volumen de tierra a retirar".

Como escenarios se entiende, entre otros factores, uso residencial o agrícola del suelo o tránsito de personas por una zona.

Así lo indica en el escrito de conclusiones que ha presentado con fecha 5 de septiembre en el procedimiento contencioso-administrativo que se sigue en la Sección 7ª, impulsado por Ecologistas en Acción para que se obligue al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) a fijar plazo para limpiar la zona y en el que se opone a la tesis esgrimida por el colectivo.

Ecologistas en Acción sostiene que el CSN, en sesión celebrada el 22 de julio de 2015, "modificó los criterios radiológicos a aplicar en Palomares y redujo la cantidad de tierra a tratar y tamizar de 50.000 metros cúbicos a 28.000 metros cúbicos aproximadamente", y, después, firmó el acuerdo para el traslado y almacenamiento de los residuos generados con EEUU, que habría condicionado la rúbrica a estos cambios.

En concreto, asegura que estos cambios suponen "tamizar solamente 28.000 metros cúbicos y dejar el resto de tierra contaminada esparcida por Palomares" y advierte de que se han "modificado" los criterios radiológicos "por motivos políticos, sin base científica", lo que no "solucionaría el problema".

El escueto escrito de cinco páginas, consultado por Europa Press y que deja el procedimiento a la espera de señalamiento para votación y fallo, la Abogacía del Estado remite de forma constante al escrito de contestación de la demanda y asegura que los modelos para estimar la dosis de radiación que recibe la población consideran "distintos escenarios y vías de exposición" por las que pueden "llegar a las personas" las sustancias radiactivas presentes en el terreno y, por tanto, que en estos modelos, "caben hipótesis realistas y conservadoras".

"En el transcurso del tiempo se ha dispuesto de datos y medios para considerar situaciones más realistas, frente a las estimaciones más conservadoras utilizadas inicialmente para determinar los valores de concentración de actividad (niveles derivados), lo cual incide en el volumen de tierra a retirar, sin que se haya producido modificación alguna en el nivel de intervención de 1mSv/año", indica para remarcar que esta cifra es el "valor mínimo" de radiación a percibir por la población.

La Abogacía del Estado también insiste en el que el Plan de Rehabilitación aprobado en 2010, cuya ejecución urgen los demandantes, tiene carácter "preliminar" y defiende que la puesta en marcha de la restauración de la zona "se deberá llevar a cabo, en su caso y en su momento, por el Consejo de Ministros según factores no solo de dosis, sino también de otros como pudieran ser económicos, sociales y técnicos".

"Han de tenerse, por tanto, en cuenta, una pluralidad de factores, no sólo los técnicos, siendo sólo uno de tales puntos el de la justificación radiológica que habrá de estudiarse en un Plan definitivo, y no en un preliminar como el que nos ocupa", añade.

En sus conclusiones, Ecologistas en Acción advertía a la Audiencia Nacional de que la situación actual de Palomares por la persistencia de terrenos contaminados con radioactividad es "insostenible" y la calificaba de "situación de ilegalidad palmaria" a la que el CSN tenía la obligación de poner término "fijando un plazo al Ciemat, como titular de los terrenos, para que proceda a la retirada de los residuos radiactivos ilegalmente allí almacenados desde 1966", 

Señalaba que el plan que prevé la reducción de 50.000 cúbicos de tierra contaminada a 6.000 metros cúbicos para su almacenamiento provisional en contenedores hasta su traslado a EEUU, está "totalmente ultimado hasta el último detalle" y que se podría ejecutar en un plazo de tres años.

"Lo que es inadmisible es que pasen los años y los lustros, y permanezca la radioactividad en pleno centro urbano de Palomares", apuntaba para asegurar que EEUU "dejó 16,6 hectáreas con los residuos radioactivos enterrados a 25 centímetros de profundidad y que también construyeron dos enormes fosas con 1.000 y 3.000 metros cúbicos" tras el accidente aéreo que provocó la caída de las bombas termonucleares.

Para Ecologistas, se trataría, por tanto, "no de un caso de exposición perdurable" sino de la presencia de enterramientos "clandestinos de material radioactivo sin respetar la normativa, al aire libre, y sin medida de seguridad alguna, salvo una simple alambrada".

"IMPOSIBILIDAD" DE EJECUCIÓN Y DOCUMENTOS CLASIFICADOS

La Abogacía del Estado ha alegado a lo largo del contencioso-administrativo la confidencialidad de todos los documentos relativos a Palomares como "clasificados" para no aportarlos a la causa, entre ellos un documento del Departamento de Energía de EEUU de 2015 que Ecologistas considera "clave" ya que en este se habría propuesto al Ejecutivo español "alternativas" con el fin de "reducir los costes" del traslado a EEUU para su almacenamiento de la tierra radioactiva.

En su contestación a la demanda, la Abogacía del Estado ya admitió la "imposibilidad" tanto de poner en marcha "actualmente" la rehabilitación de los terrenos contaminados como de "fijar un plazo" para la ejecución del plan ya que éste tiene carácter "preliminar" y solo esboza líneas generales sin dar "pleno cumplimiento a todos los requisitos del Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes (Rpsri) y el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas (RINR)".

Reconocía, en esta línea, que la "ayuda" de EEUU para la gestión de los residuos radiactivos generados por la restauración de terrenos contaminados es de "importancia primordial para dar solución definitiva a este problema", ya que España "no tiene instalaciones para el almacenamiento definitivo de estos materiales contaminados con plutonio" pero ha revelado que "no existe acuerdo para la gestión final de los residuos" generados.

Por último, trasladaba a la Audiencia Nacional que la actuación llevada a cabo en la pedanía almeriense hasta el momento, con la expropiación de tierras y el vallado de áreas, "garantiza que actualmente no se supera la dosis" legal para los miembros del públicos y que la actividad radiactiva en el exterior del vallado "tiene valores de concentración que no ha requerido establecer restricciones ya que su impacto radiológico no se considera significativo".

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